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18 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00611-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial N° 1020-2019 DE/ MGP del 13 de agosto de 2019, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, del entonces Cadete de Primer Año Ángelo Antonio LALANGUI OLAYA para que participe en el curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Escuela Naval Militar de España, ubicada en la ciudad de Marín, Provincia de Pontevedra, Reino de España, del 19 de agosto de 2019 al 16 de julio de 2024; Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 0731-2022 COMGEMAR (C), se otorgó al citado personal militar el grado de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, con fecha 1 de enero de 2023; Que, el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, establece que los Cadetes o alumnos de las Escuelas Técnicas que continúen sus estudios en el extranjero, cuando su promoción en el Perú, a la cual originalmente pertenecen, obtengan su graduación, percibirán la compensación económica correspondiente a su nuevo grado; Que, a través del Informe Legal N° 012-2023/AS- DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú señala que, en virtud de habérsele otorgado el grado militar de Alférez de Fragata al citado personal, con fecha 1 de enero de 2023, resulta viable autorizar el pago por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el exterior, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, a favor del Alférez de Fragata Ángelo Antonio LALANGUI OLAYA, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; Que, mediante O fi cio N° 1311/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica que el Comandante General ha autorizado el pago a favor del citado O fi cial Subalterno, por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, debido a que continúa realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Alférez de Fragata; asimismo, solicita la aprobación de la resolución ministerial; Que, la Exposición de Motivos, elaborada por la Marina de Guerra del Perú, señala que resulta necesario otorgar el pago por compensación extraordinaria por servicios en el extranjero, lo cual permitirá que el O fi cial Subalterno culmine satisfactoriamente su formación profesional, aplicando posteriormente los conocimientos adquiridos durante su carrera naval en provecho de la Institución Armada; Que, la Hoja de Gastos N° 018-2023, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, detalla el gasto por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, que se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 019-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuesto de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán para el citado pago; y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000004, emitida por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, garantiza su fi nanciamiento; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar y civil del Sector Defensa nombrado en Misión de Estudios, Comisión del Servicio y Tratamiento Médico Altamente Especializado será calculado en base a la determinación establecida para la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar nombrado en misión diplomática, y que se señala en el Anexo 3 del citado Decreto Supremo; Que, el segundo párrafo del citado numeral establece que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, con O fi cio N° 00720-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 145-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del pago al referido personal naval, por compensación extraordinaria por misión de estudios en el exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00611-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar a la Marina de Guerra del Perú, por medio de resolución ministerial, a efectuar el pago de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, a favor del Alférez de Fragata Ángelo Antonio LALANGUI OLAYA por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, quien se encuentra participando en el curso de Formación de Cadetes, en la Escuela Naval Militar de España, ubicada en la ciudad de Marín, Provincia de Pontevedra, Reino de España, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú a efectuar el pago, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, a favor del Alférez de Fragata Ángelo Antonio LALANGUI OLAYA, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, en el marco de la autorización de viaje al exterior dispuesta a través de la Resolución Ministerial N° 1020-2019 DE/MGP; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: € 4,210.42 x 12 meses (ene.-dic.) x 1 persona € 50,525.04 Total a pagar: € 50,525.04