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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (27/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 27 de agosto de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la expropiación del área del bien inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área afectada de un inmueble para la ejecución de la obra: “Obra Nueva Intercambio Vial Bujama, Subtramo 1 de la Red Vial Nº 6: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica”, y el valor de la Tasación, ascendente a la suma de S/ 777 524,88 (SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 88/100 SOLES) correspondiente al área afectada del inmueble con código RV6-ST1-BUJ-19, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área del bien inmueble a favor del bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área afectada del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE UN INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “OBRA NUEVA INTERCAMBIO VIAL BUJAMA, SUBTRAMO 1 DE LA RED VIAL Nº 6: PUENTE PUCUSANA - CERRO AZUL – ICA” N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICA- CIONES- FORTUNATA SEGUNDINA PENAO URRUTIA. - LUISA RUFINA PENAO URRUTIA VDA DE SANCHEZ. - MARCELA RAYDA PENAO DE BALDEON - EMERENCIANA ILDEFONZA PENAO URRUTIA - PORFIRIO VICTORIANO PENAO URRUTIA - JUAN DE LA CRUZ PENAO URRUTIA - PILAR MILAGROS PENAO CHUMPITAZ - ANGEL ALBERTO PENAO CHUMPITAZ - ANTONIO PENAO CHUMPITAZCÓDIGO: RV6-ST1-BUJ-19ÁREA AFECTADA: 4,308.42 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 777 524,88LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con el predio inscrito en la Partida P17076320 O.R. Cañete, con una longitud de 294.50 m. Por el Este: Colinda con el predio denominado Parcela 105, U.C. 12169, inscrito en la Partida P03080712 O.R. Cañete, con una longitud de 9.85 m. Por el Sur: Colinda con el predio denominado Parcela 104, U.C. 12168, inscrito en la Partida P03080711 O.R. Cañete, con longitud de 255.57 m. Por el Oeste: Colinda con el predio denominado Parcela 104, U.C. 12168, inscrito en la Partida P03080711 O.R. Cañete, con una longitud de 3.81 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 168.78 322906.5365 8593977.6112 B B-C 125.72 323055.1500 8594057.6100 C C-D 5.41 323151.7619 8593977.1595 D D-E 4.44 323147.0398 8593974.5263 E E-F 17.44 323143.0057 8593972.6704 F F-G 11.62 323128.2333 8593981.9360 G G-H 5.04 323117.4654 8593986.3139 H H-I 4.88 323112.8881 8593988.4176 I I-J 4.86 323108.3918 8593990.3235 J J-K 4.85 323103.9024 8593992.1921 K K-L 4.98 323099.3609 8593993.8901 L L-M 5.07 323094.6765 8593995.5660 M M-N 5.15 323089.9037 8593997.2735 N N-O 5.18 323085.0808 8593999.0768 O O-P 5.16 323080.2751 8594001.0188 P P-Q 5.08 323075.5495 8594003.0801 Q Q-R 26.74 323070.9297 8594005.2033 R R-S 2.75 323046.7065 8594016.5304 S S-T 2.67 323044.2374 8594017.7384