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31 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / gasolina, el GNV deja menos depósitos en inyectores y válvulas, manteniendo más limpio el motor y minimiza los problemas de obstrucción de inyectores. Se debe señalar que no es cierto que el GNV acorta la vida de los motores. Las propiedades del aceite lubricante del motor se mantienen en mejores condiciones por más tiempo y, por ende, la vida útil de pistones, camisas, anillos, etc. Es normal que se presente una pérdida de potencia en los vehículos convertidos cuando trabajan con gas. Esto se explica en el menor poder calorí fi co del gas versus la gasolina; Que, en la actualidad existen 231 talleres autorizados de conversión GNV y 87 de GLP a nivel nacional, esto es 318 en total, de los cuales 268 se encuentran en Lima y Callao, estos talleres se encuentran ubicados en las principales ciudades de país, principalmente en la región costa, donde se pueden realizar la instalación de los kits de conversión a GNV o GLP; Que, a fi n de homologar los criterios de cálculo con lo establecido en el SICODI para la presente regulación, se mantendrá el uso de combustible Diésel en los recursos de camioneta 4x2 y camioneta 4x4, camiones y grúas, manteniendo las e fi ciencias consideradas hasta la fecha. En el caso del recurso camión 4tn, se considera el empleo del GNV en una proporción de 12%, considerando su disponibilidad a nivel nacional; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado en parte, considerando el uso de combustible Diésel en las los vehículos, excepto en el camión de 4Tn con una proporción de Diesel y el GNV de 88% y 12%, respectivamente; 4.3 Sobre considerar su estudio de tiempos y movimientos, sustentar adecuadamente los rendimientos urbano-provincia y mostrar los resultados de la zona rural 4.3.1 Argumentos de las recurrentesQue, las recurrentes indican que, en el Anexo 05 -Revisión de Tiempos para Determinar Rendimientos-, Osinergmin ha presentado resultados parciales sin el detalle de la base de datos que contenga información georreferenciada de las conexiones realizadas en el año 2022; no determinó estadísticamente los sistemas eléctricos que sean representativos a nivel nacional, ni ha explicado cómo se seleccionó el mes base y el sector típico para las visitas técnicas y registros de tiempos; no determinó cuadrantes desde rangos de muy alta densidad a muy baja densidad (Estratos) ni porcentajes de participación de cada cuadrante con respecto al total; Que, agregan que no se presenta información sobre la trazabilidad de la población, la fórmula utilizada para la muestra fi nita ni la justi fi cación detrás de los parámetros estadísticos adoptados; así como que no se aprecia la estructura de la muestra y su estrati fi cación con base en los rangos de densidad de conexiones, ni la determinación de la muestra entre suministros y base suministro de manera aleatoria. Añaden que Osinergmin no muestra sustentos para la determinación de los 25 minutos considerados como “Otros Tiempos” durante sus visitas a los sistemas eléctricos visitados y, que no ha visitado ningún sistema eléctrico rural o sector típico 4 para validar los rendimientos de la regulación 2019; Que, de acuerdo a ello, las empresas indican que lo presentado por Osinergmin carece de un diseño muestral adecuado, y que no se ha realizado un análisis para el sector rural, por tanto, las evaluaciones y validaciones serían incompletas; Que, adicionalmente, las recurrentes consideran que se habría invalidado injusti fi cadamente sus estudios de tiempos y movimientos debido a que no se habría revisado adecuadamente sus informes y archivos de cálculo. Añaden que la metodología de los cálculos que ha presentado es la que Osinergmin utilizó en estudios de regulaciones pasadas, e indican que sus diseños muestrales recrean la ruta de desplazamiento real y que ello se logró luego de seleccionar aleatoriamente en una segunda etapa un suministro que está vinculado a un cuadrante y una fecha de ejecución de las conexiones;Que, en ese sentido, las recurrentes solicitan a Osinergmin considerar sus estudios de tiempos y movimientos para el cálculo de rendimientos, ya que Osinergmin tiene un estudio en desarrollo y que no ha completado las evaluaciones para el sector típico rural; 4.3.2 Análisis de OsinergminQue, respecto a los puntos señalados por la empresa, el Anexo “Evaluación y Validación de Tiempos en Campo y Rendimientos de las Actividades de Conexiones”, que integra la presente decisión, contiene la respectiva evaluación técnica. Además, debe señalarse que los tiempos considerados en el Informe Técnico N° 531-2023-GRT de la Resolución 130, tienen el sustento estadístico y metodológico requerido; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado en parte, dado que se completan los cálculos de rendimientos del sector rural, más no corresponde mostrar el diseño muestral y utilizar estudios de regulaciones anteriores, pues el diseño muestral y e información actualizada, se encuentra en el Anexo 5 del Informe N° 531-2023-GRT; 4.4 Sobre considerar el código de armado MEBTAE1D0000 para la opción tarifaria BT5A 4.4.1 Argumentos de las recurrentesQue, las recurrentes indican que el Informe Técnico N° 531-2023-GRT, considera que el costo de conexión de código BTA1C1.1AAASBT5A0000 utiliza el armado MEBTAE1D02FF3 (Medidor, 220V, Electrónico, Monofásico Inteligente, 3 hilos) en reemplazo del MEBTAE1D0000 (Medidor, 220V, Monofásico, Dos Energías), sin embargo, el costo es 4 veces menor que el vigente; Que, el Medidor, 220V, Electrónico, Monofásico Inteligente, 3 hilos armado referido por Osinergmin en la presente regulación tiene como sustento información que proviene del año 2021 y que no ha considerado precios del año 2022; asimismo mencionan que costo del medidor no surge de una orden de servicio ni de una factura de cotización; Que, en ese sentido, solicita a Osinergmin considerar el armado MEBTAE1D0000 (Medidor, 220V, Monofásico, Dos Energías), para el costo de conexión de código BTA1C1.1AAASBT5A0000 (Conexión en Baja tensión 220V, Monofásica, hasta 3 KW red aérea, acometida simple, BT5A); 4.4.2 Análisis de OsinergminQue, se ha recopilado y analizado toda la información proporcionada por las empresas distribuidoras en este proceso regulatorio, en donde no se encontraron sustentos de medidores electrónicos que cumplan con los parámetros de medición requeridos para la tarifa BT5A (energía activa en dos bloques horarios); asimismo, en el armado MEBTAE1D0000 mencionado por la empresa, se utiliza un medidor monofásico electrónico de dos energías de 3 hilos con un precio de 172,11 USD, precio que ha sido estimado tomando como sustento el medidor electrónico trifásico de 4 hilos; sin embargo, Osinergmin considerando las nuevas tecnologías en el Sistema de Medición Inteligente en las conexiones eléctricas de Baja Tensión, ha revisado las diversas alternativas tecnológicas de la información de Aduanas DUA (Declaración Única de Aduanas), y, considerando criterios de costos e fi ciente, ha seleccionado el medidor inteligente monofásico de 3 hilos de la marca ITECHENE modelo TA35W3. Este medidor tiene certi fi cado de homologación DM/HLE – 006 – 2020, cuyas especi fi caciones técnicas cumplen con los parámetros de medición requeridos para la tarifa BT5A; Que, por otra parte, respecto a la fecha de sustento del medidor TA35W3, éste se encuentra dentro del periodo considerado para la presentación de sustentos por parte de las empresas de distribución. por lo que es un sustento válido. Asimismo, la DUA al constituir un documento o fi cial