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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (31/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / el valor de la inversión considerado para la grúa chica 2.5 Tn, pero utilizando como combustible el Diesel; 3.11 Sobre el costo de inversión considerado para la grúa grande 9.5 Tn GLP 3.11.1 Argumentos de EnelQue, ha identi fi cado error material en el costo del kit de conversión a GLP de la grúa grande de 9.5 Tn, debido a que se está dividiendo el costo entre el costo del operador (celda D50), cuando debería dividirse entre el tipo de cambio (celda C54), debiendo corregirse el error material en la celda C5 y solicita se corrija el error material en el costo de inversión considerado para la grúa grande 9.5 Tn GLP, el cual debe ser igual a USD 144 234,49; 3.11.2 Análisis de Osinergmin Que, habiéndose veri fi cado el error material se efectúa la actualización de costo de la inversión de la grúa grande de 9.5 Tn; Que, en base a los recursos de reconsideración y observaciones dadas por las demás empresas distribuidoras, se está reformulando el cálculo del recurso de grúa grande de 9,5 Tn utilizando como combustible el Diésel en lugar del GLP en el costo fi nal de hora máquina; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado en parte, actualizando el costo de la inversión considerado para la grúa grande 9.5 Tn, pero considerando como combustible el Diesel; 3.12 Sobre los armados de las conexiones MT referidas a la “Caja de Medición y Protección, Caja Portamedidor” 3.12.1 Argumentos de EnelQue, Enel menciona que Osinergmin había aceptado sugerencia de Enel al proyecto de resolución de fi jación de costos de conexión, que consistía en considerar para las conexiones MT las cajas poliméricas en lugar de fi erro galvanizado; sin embargo, observa que este cambio no fue considerado en los armados ni en el costo de la conexión; Que, en consecuencia, solicita a Osinergmin corregir el error material de acuerdo con lo aceptado por Osinergmin y en el Anexo 10-12 del Informe Técnico N° 531-2023-GRT; 3.12.2 Análisis de Osinergmin Que, según lo señalado en el Anexo N° 10-12 del Informe Técnico N° 531-2023-GRT “Análisis de las Opiniones y Sugerencias al Proyecto de Resolución de Fijación de los de Costos de Conexión Eléctrica ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ”, se veri fi ca que existe un error material, por ello se ha modi fi cado el material con código CJCMPS030000-Caja Portamedidor, Polimérica, 500x270x155 mm en las conexiones de MT, según lo presentado por la empresa Enel Distribución Perú; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado. 3.13 Sobre los armados de las conexiones MT referidas al “Sistema de Protección y Seccionamiento” 3.13.1 Argumentos de EnelQue, en el numeral 3.7 del anexo N° 10-12 del Informe Técnico N° 531-2023-GRT, Osinergmin aceptó agregar las dos crucetas de madera de 0.5m, necesarias para la correcta instalación de la protección de este tipo de conexión; sin embargo, Enel observa que para el armado PSMTAEC51003 – “Sistema de Protección y Seccionamiento, 10kV, Exterior, Potencia Conectada Trifásica hasta 100 kW, Con seccionador Cut-Out” no se está considerando las referidas crucetas; Que, por ello, solicita se corrija el error material en los armados de las conexiones MT referidas al “Sistema de Protección y Seccionamiento”, de acuerdo con lo previamente aceptado por Osinergmin, es decir se adicione insumo de código EECTMDI01500; 3.13.2 Análisis de OsinergminQue, según lo señalado en el Anexo N°10-12 del Informe Técnico N° 531-2023-GRT “Análisis de las Opiniones y Sugerencias al Proyecto de Resolución de Fijación de los de Costos de Conexión Eléctrica ENEL DISTRIBUCIÓN PERÚ”, existe un error material; se ha agregado las dos crucetas de madera de 0,5m, en los armados de sistema de protección y seccionamiento en 10kV y 22,9 Kv, según lo presentado por la empresa Enel Distribución Perú; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado; 3.14 Se reconsidere el medidor propuesto para la conexión de la tarifa BT5F y se emplee el mismo medidor inteligente considerado para el caso de las tarifas BT5A y BT5I 3.14.1 Argumentos de EnelQue, Enel sugirió en la etapa de observaciones y sugerencias a la prepublicación que se considere la misma conexión de la tarifa BT5I para la tarifa BT5F dado que sería conveniente que los clientes de los proyectos piloto de SMI tengan dos opciones tarifarias en vez de una (BT5I) en tanto que ambos tipos de conexiones usan medidores inteligentes; Que, contrariamente a lo solicitado por Enel, Osinergmin cambió su propuesta prepublicada y consideró un medidor diferente para la tarifa BT5F (iTechene TA28 - Bluetooth), respecto a este medidor Enel ha observado que no está homologado por el Inacal, su uso representa mayores costos de importación, almacenaje y capacitación, además de representar doble gasto para los clientes que quieran cambiar medidor por uno inteligente (por el despliegue masivo del SMI); Que, solicita se reconsidere el medidor propuesto para la conexión de la tarifa BT5F y se emplee el mismo medidor inteligente considerado para el caso de la tarifa BT5A y BT5I; 3.14.2 Análisis de OsinergminQue, se ha veri fi cado lo señalado por la empresa y contrastado con el “Listado de certi fi cados de homologación de medidores de energía eléctrica” actualizado al 12 de diciembre de 2022 y no se encuentra el modelo TA28 de la marca iTechene – Bluetooth; Que, en vista que ya se tiene un medidor inteligente homologado que cumpla con los parámetros requeridos de la tarifa BT5F, se modi fi carán los armados para las instalaciones de la tarifa BT5F siguiendo la secuencia de la tarifa BT5I (armados de medidor); Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado; 3.15 Sobre el costo de la conexión PMS3.15.1 Argumentos de Enel Que, Enel señala que Osinergmin aceptó la propuesta de crear conexiones MT con medición subterránea (PMS), pero construye unos armados con insumos destinados al equipamiento de celdas interior convencionales, lo cual no considera correcto; Que, agrega que la propuesta de Enel contempla características destinadas al uso de espacio reducido en la vía pública (aproximadamente 2mx2m.), por ello sugirió el empleo de un equipo que integre funciones de maniobra y protección MT y transformador de medida MT para Tensión y Corriente. Añade que para contar con la seguridad en la instalación y mantenimiento es necesario conectores y terminaciones MT aisladas; Que, ha podido identi fi car que la propuesta de Osinergmin tiene de fi ciencias como: los transformadores de tensión y corriente considerados son para instalaciones con aislamiento en aire para celdas MT convencionales,