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47 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / tercerización de actividades eléctricas, entre otras. Además, para la determinación de los recursos se ha utilizado la información de la publicación “Demanda de Ocupaciones a Nivel Nacional 2022” (EDO 2022) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MINTRA) para determinar el costo hora-hombre del personal contratado, información que a la fecha de emisión de la Resolución 130 constituía la información pública completa disponible; Que, en relación al reconocimiento de los costos de mano de obra, se considera costos en condiciones de efi ciencia y competitividad. Tal como señala la Enel, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MINTRA) ha publicado la EDO 2023, publicación que no contiene la estructura para replicar la metodología de cálculo de la mano de obra empleada en el proceso de fi jación del Valor Agregado de Distribución (VAD) del año 2022. Osinergmin mediante o fi cio N° 1208-2023-GRT solicitó al MINTRA los anexos completos de la revista denominada “Demanda de Ocupaciones a Nivel Nacional 2023 – Encuesta de Demanda Ocupacional”, tal como se publicó en el Anexo 40 de la revista EDO del año 2022 obteniéndose de parte del MINTRA la Encuesta de Demanda Ocupacional (EDO) 2022, Cuadros 1 al 17, referidos a los anexos 2, 4, 5, 6, 8, 12, 13, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 40, publicados en la EDO 2022; Que, con dicha información obtenida se ha calculado la remuneración promedio ponderada de los técnicos nivel medio y técnicos nivel superior correspondiente a las ocupaciones electricistas y a fi nes (7411) y técnicos en electricidad (3113), obteniendo S/ 2 335,45. Con la proporción de los costos de la mano de obra del VAD del año 2022, la remuneración promedio ponderada, las leyes sociales, asignación familiar y SCTR, se ha calculado los costos de hora hombre para las categorías capataz, operario, o fi cial y peón; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso debe declararse fundado en parte, al no considerar la información proporcionada por la empresa (Capeco) y sí considerar la información del EDO 2023 con el anexo 40 o equivalente en la determinación de la remuneración promedio del técnico electricista (o fi cial); 3.7 Sobre el cálculo del costo cambio de disco diamantado 3.7.1 Argumentos de Enel Que, Enel observa que existiría error material en el cálculo del costo en soles del cambio de disco diamantado 350 mm/ 14” x 3,2 mm x 40 mm, porque se está dividiendo entre 1,19 en lugar de 1,18 (IGV); Que, solicita se corrija el error material en el cálculo del costo cambio de disco diamantado y se considere el costo igual a S/ 915.30; 3.7.2 Análisis de Osinergmin Que, habiendo veri fi cado lo señalado por la empresa en el cálculo del costo cambio del disco diamantado se observa que efectivamente existe un error material al no referenciar las celdas donde se ubica el costo ponderado del disco diamantado que es de S/ 430, que es el resultado de la ponderación de un 60% del costo de un disco para asfalto y un 40% del costo de un disco para concreto; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso debe declararse fundado en parte, debido a que se corrige el costo de IGV a 18% pero no respecto al costo fi nal de disco diamantado propuesto por Enel; 3.8 Sobre el cálculo del costo del camión de 10Tn3.8.1 Argumentos de Enel Que, existiría error material en el cálculo del costo de inversión del camión de 10 Tn, debido a que el costo de la baranda acanalada entre el tipo de cambio, cuando el costo ya está en dólares. Agrega que el costo de la baranda acanalada debe dividirse entre el 1.18 (IGV) en lugar del tipo de cambio, y de esta manera resultaría USD 55 381,35;Que, Enel solicita se corrija el error material en el cálculo del costo del camión de 10Tn y se considere el costo de inversión igual a USD 55 381,35; 3.8.2 Análisis de Osinergmin Que, se ha veri fi cado lo señalado por la empresa existiendo un error material en el cálculo del costo de inversión en el Camión de 10 Tn, por lo que se está considerando USD 55 381,35 en base a la “COTIZACION LUZ DEL SUR EURO CAMIONES S.A. CAMION VW 3B3B - BLANCO GEADA 24LBG4 Versión 17.230 DC MAN E5; INCLUYE BARANDA”, procediendo a la respectiva corrección; Que, sin embargo, en base a los recursos de reconsideración y observaciones propuestos por las demás empresas distribuidoras, se está reformulando el cálculo del recurso de camión de 10 Tn utilizando el combustible el Diésel en lugar del GLP en el costo fi nal de hora máquina; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado; 3.9 Sobre el cálculo del costo de inversión de la grúa chica 2.5 Tn 3.9.1 Argumentos de Enel Que, Enel advierte un error material en el cálculo del costo de inversión de la grúa chica de 2.5 Tn, ya que en la celda T15 del archivo “Cálculo Costo de H-M.xls” se está considerando un costo total (está como valor, no es fórmula) que no re fl eja la suma de los costos de los componentes; Que, por ello, solicita se corrija el error material en el cálculo del costo de inversión de la grúa chica 2.5 Tn y se considere el costo de inversión igual a USD 65 842.75; 3.9.2 Análisis de Osinergmin Que, se ha veri fi cado lo señalado por la empresa y existe el error material en el cálculo del costo de inversión en la Grúa Chica de 2,5 Tn, se ha colocado USD 74 742,54 cuya descripción y suma de componentes se puede veri fi car en la hoja “Parámetros” de la hoja de cálculo de costo de H-M; Que, en base a los recursos de reconsideración y observaciones presentadas por las demás empresas distribuidoras, se está reformulando el cálculo del recurso de camión de 10 Tn utilizando como combustible el Diésel en lugar del GLP en el costo fi nal de hora máquina; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado. 3.10 Sobre el costo de inversión considerado para la grúa chica 2.5 Tn GLP 3.10.1 Argumentos de EnelQue, Enel señala que existiría un error material en el cálculo del costo del kit de conversión a GLP de la grúa chica de 2.5 Tn, porque se está dividiendo el costo entre el costo del operador (celda D50), cuando debería dividirse entre el tipo de cambio (celda C54), por lo que, de corregirse el error material en la celda C5; Que, Enel solicita corregir el error material en el costo de inversión considerado para la grúa chica 2.5 Tn GLP, el cual debe ser igual a USD 66 841,07; 3.10.2 Análisis de OsinergminQue, se ha veri fi cado el error material sobre el costo de inversión de la grúa chica 2.5 Tn, efectuándose la actualización del costo de dicha inversión; Que, en base a los recursos de reconsideración y observaciones dadas por las demás empresas distribuidoras, se está reformulando el cálculo del recurso de grúa chica de 2,5 Tn utilizando como combustible el Diésel en lugar del GLP en el costo fi nal de hora máquina; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado en parte, actualizando