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52 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / 9. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios, bases y otros documentos referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o mayor a S/ 100 000.00 (cien mil y 00/100 soles). 10. Aprobar las modi fi caciones contractuales de bienes y servicios adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o mayor a S/ 100 000.00 (cien mil y 00/100 soles). 11. Resolver los contratos de bienes y servicios adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o mayor a S/ 100 000.00 (cien mil y 00/100 Soles). 12. Modi fi car el Plan Anual de Contrataciones de la SUNASS. 13. Aprobar o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al titular de la entidad. 14. Firmar digitalmente los Estados Financieros y Presupuestales de forma trimestral, semestral y anual. Artículo 2.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración y Finanzas las siguientes funciones por el periodo 2023- enero 2027: 1. Aprobar los expedientes de contratación y bases administrativas de los procedimientos de selección de adjudicación simpli fi cada mayor a 50 mil soles, selección de consultores individuales y de las contrataciones directas. 2. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios, bases y otros documentos referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea menor a S/ 100 000.00 (cien mil y 00/100 soles). 3. Aprobar las modi fi caciones contractuales de bienes y servicios adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea menor a S/ 100 000.00 (cien mil y 00/100 soles). 4. Resolver los contratos de bienes y servicios adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea menor a S/ 100 000.00 (cien mil y 00/100 soles). 5. Acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. Artículo 3.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento las siguientes funciones por el periodo 2023-enero 2027: 1. Aprobar los expedientes de contratación y bases administrativas referidos a los procedimientos de selección por adjudicación simpli fi cada hasta por un monto de 50 mil soles, comparación de precios y subasta inversa. 2. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios, bases y otros documentos referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o menor a ocho Unidades Impositivas Tributarias. 3. Aprobar las modi fi caciones contractuales de bienes y servicios adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o menor a ocho Unidades Impositivas Tributarias. 4. Resolver los contratos de bienes y servicios adquiridos por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o menor a ocho Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 4.- DEJAR sin efecto las resoluciones N. os 005-2016-SUNASS-PCD, 036-2016-SUNASS- PCD, 023-2021-SUNASS-PE, 017-2022-SUNASS-PE, 018-2022-SUNASS-PE, 019-2022-SUNASS-PE, 020-2022-SUNASS-PE, 021-2022-SUNASS-PE, 062-2022-SUNASS-PE, 007-2023-SUNASS-PE, 019-2023-SUNASS-PE y el artículo 1 de la Resolución Nº 010-2021-SUNASS-PE. Artículo 5.- DISPONER que las unidades de organización con facultades delegadas informen a la Presidencia Ejecutiva respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación conferida, dentro de los 5 primeros días siguientes al vencimiento de cada semestre del año. Regístrese y comuníquese.MAURO ORLANDO GUTÍERREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 2210303-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 00097-2023-OEFA/PCD Lima, 29 de agosto de 2023VISTOS: El Informe N° 00038-2023-OEFA/OAD emitido por la O fi cina de Administración; el Informe N° 00209-2023-OEFA/OPP, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00271-2023-OEFA/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directico N° 080-2022/OEFA-PCD, de fecha 28 de diciembre 2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos Corrientes al Año Fiscal 2023 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, el Artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cado por el Artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control (en adelante, la Ley N° 27785 ), señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego; Que, asimismo, el Artículo 20° de la Ley N° 27785, establece que las transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 05-2022-CG/ GAD, “ Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales ”, aprobada por Resolución de Contraloría General N° 035-2022-CG, establece que el proceso de designación de sociedades de auditoría es administrado por la Gerencia de Administración y ejecutado por la Unidad de Gestión de Sociedades Auditoras; asimismo indica que las Entidades