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190 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / las disposiciones necesarias para el debido cumplimiento de la presente Ordenanza, así como la prórroga de su vigencia; Que, en este contexto normativo, acorde con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, mediante los Informes de del visto la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, recomiendan prorrogar la Ordenanza N° 590-MSI hasta el último día hábil de marzo de 2024 a efectos de que más vecinos se vean bene fi ciados por dicha Ordenanza, ello considerando que la norma recién fue publicada en el mes de noviembre del 2023; Que, por tales consideraciones, de conformidad con la facultad de establecer normas reglamentarias de aplicación de las ordenanzas, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades, y de dictar disposiciones para la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 590-MSI, establecida en la Segunda Disposición Complementaria Final de la misma norma municipal; corresponde aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 590-MSI, según la propuesta formulada por la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, a través de la Gerencia de Rentas; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 748-2023-0400-GAJ/MSI; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, y la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 590-MSI; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el último día hábil del mes de marzo de 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 590-MSI, “Ordenanza con Rostro Humano” que aprueba la exoneración del pago de arbitrios municipales en el distrito de San Isidro; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.– ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y sus Subgerencias, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento del presente Decreto, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de los mismos en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2248802-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban la actualización de diez (10) procedimientos administrativos de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2023/MDSR Santa Rosa, 26 de diciembre del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA VISTO: El Memorándum N° 931-2023-GM/ MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe N° 133- 2023-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 915-2023-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe N° 027-2023-MDSR/SG de la Secretaría General de la Secretaría General, el Informe Legal N° 0131-2023-GAJ/MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 099-2023-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 064-2023-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 084-2023-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 113-2023-GDEGP-MDSR de la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, el Informe N° 129-2023-SGGRD-GDEGP/ MDSR de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, asimismo, el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que es atribución del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, así como conforme a lo previsto en el artículo 42° de la misma Ley, se indica que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, con fecha 12 de marzo de 2021, se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales, con el que se establecen disposiciones de observancia obligatoria, así como los plazos para la atención de los mencionados procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, de conformidad con su respectiva Fe de Erratas, que fue publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de marzo de 2021; Que, mediante Resolución Nº 0687-2023/STCEB- INDECOPI, de fecha 05 de julio de 2023, la Secretaria Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual-INDECOPI, hace de conocimiento de la Entidad, que se ha resuelto iniciar un procedimiento de ofi cio contra la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, por la imposición de barreras burocráticas presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad; Que, mediante Informe N° 129-2023-SGGRD- GDEGP/MDSR, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres señala que ha procedido con analizar lo resuelto por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en la Resolución Nº 0687-2023/STCEB-INDECOPI, procediendo a realizar la evaluación y comparación del actual Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobado mediante Ordenanza N° 488- MDSR, con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 043-2021-PCM, proponiendo se proceda a la adecuación de 10 procedimientos administrativos y su validación por parte de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;