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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 180

180 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, mediante Memorándum Nº 1164-2023-MDA/ GAT, la Gerencia de Administración Tributaria indica que en atención a las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 491-MDA, y a fi n de conciliar la fecha de vencimiento de la cuarta cuota del impuesto predial y arbitrios municipales de 2023, para Pequeños y Micro Contribuyentes en el distrito de Ate, regulada en la Ordenanza Nº 593-MDA, con la fecha de vencimiento de la prórroga de los bene fi cios tributarios “Bene fi cio GánATE”, propone prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2023, la fecha de vencimiento de la cuarta cuota del impuesto predial y arbitrios municipales de 2023, para Pequeños y Micro Contribuyentes en el distrito de Ate, regulada en la Ordenanza Nº 593-MDA; Que, mediante Informe Nº 271-2023-MDA/GPE- SGMI, la Subgerencia de Modernización Institucional considera viable proceder, mediante Decreto de Alcaldía, aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 593-MDA, a fi n de que el pago de la cuarta cuota del impuesto predial y arbitrios municipales de 2023, para Pequeños Contribuyentes (PECOS) y Micro Contribuyentes (MICROS), correspondientes al año 2023, cuya fecha de vencimiento es el 29 de diciembre de 2023, se prorrogue hasta el 30 de diciembre de 2023; documento visado por la Gerencia de Plani fi cación Estratégica en señal de conformidad; lo cual, es derivado a la Gerencia de Asesoría Jurídica a efectos que emita su opinión legal; Que, mediante Informe Nº 0518-2023-MDA/ GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica en base a las consideraciones antes expuestas, emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada por la Gerencia de Administración Tributaria, por intermedio de la Subgerencia de Recaudación y Control, dado que sustenta la necesidad de extender la fecha de vencimiento de la cuarta cuota de impuesto predial y arbitrios municipales de 2023 para los Pequeños y Micro Contribuyentes en el Distrito de Ate regulada por la Ordenanza Nº 593-MDA, hasta el 30 de diciembre de 2023, resultando viable continuar con el trámite respectivo para su aprobación mediante la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorando Nº 2533-2023-MDA/ GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía de acuerdo a los documentos adjuntos y conforme a Ley; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre de 2023 la fecha de vencimiento de la cuarta cuota de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de 2023 para Pequeños y Micro Contribuyentes en el distrito de Ate, regulada en la Ordenanza Nº 593-MDA; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal; asimismo, a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su respectiva difusión y publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), y a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCO VIDAL MORALES Alcalde 2247006-1MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, del Distrito de El Agustino ORDENANZA N°738-2023-MDEA El Agustino, 22 de diciembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 22 de diciembre de 2023, el Memorándum N° 2805-2023-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal; el informe N°026-2023-ST-GSC-MDEA emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el informe N° 603- 2023-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil; proponiendo al Concejo Municipal, la Ordenanza que aprueba el PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027, del Distrito de El Agustino, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N°27972, declara que “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (…).” Que, el artículo 26° del reglamento de la Ley N° 27933 aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que, “el comité distrital de seguridad ciudadana (CODISEC) es una instancia de dialogo, coordinación y elaboración de planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital, asimismo, el artículo 36° del precitado reglamento, establece que la dirección general de seguridad ciudadana, mantiene relación técnica y funcional con los órganos de ejecución del SINADEC en el ámbito nacional, regional y local; Que, con fecha, 28 de agosto de 2023, se publica la Resolución Ministerial N° 0786-2023-IN, se publica la directiva N° 006-2023-INDGSC, que aprueba los “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana” y dictan diversas disposiciones.; Que, por acuerdo del Comité de Seguridad Ciudadana CODISEC, del Distrito de El Agustino, en su doceava sesión ordinaria del IV trimestre en fecha 12 de diciembre del 2023, se Valida y Aprueba el PLAN DE ACCION DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027, acorde con la directiva N° 006-2023-INDGSC;