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41 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / con cargo a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415-Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público; así como una transferencia fi nanciera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001-Administración General, Actividad 5005951-Formular, conducir y evaluar políticas de desarrollo de mercados fi nancieros y previsional privado, hasta por S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, a favor de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), para fi nanciar el Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural (FIDER), en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 64.1 y 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 31912; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 64.1 y 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del fenómeno el niño para el año 2023 y dicta otras medidas; y, en el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, Estando a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático Autorizar una modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático en el Presupuesto Institucional del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural (FIDER), con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo establecido en el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley N° 31912, según el siguiente detalle: En Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍAPRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos DE LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público GASTO CORRIENTE 2.0. Reserva de Contingencia 50 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS: 50 000 000,00 -------------------- A LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosACTIVIDAD 5005951 : Formular, conducir y evaluar políticas de desarrollo de mercados fi nancieros y previsional privado GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 50 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS: 50 000 000,00 -------------------- Artículo 2.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar una transferencia fi nanciera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001-Administración General, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, a favor de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), para fi nanciar el Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural (FIDER), en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 31912. Artículo 3.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo a los recursos habilitados en el artículo 1 de la presente norma, en el pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001-Administración General, Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, Actividad 5005951-Formular, conducir y evaluar políticas de desarrollo de mercados fi nancieros y previsional privado, Finalidad 0418060-Fondo Inclusivo de Desarrollo Empresarial Rural-FIDER, en el marco de los artículos 63 y 64 de la Ley N° 31912, Categoría de Gasto 5. Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1 3.1.4 A Otras Entidades Públicas. Artículo 4.- Notas para la Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático a que hace referencia el artículo 1 y los recursos de la transferencia fi nanciera a que hace referencia el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 6.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remite, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público, así como, a la O fi cina General de Administración, como responsable de la Unidad Ejecutora 001-Administración General, para que realicen las acciones administrativas que correspondan. Artículo 7.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese,ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2248596-1 EDUCACIÓN Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 689-2023-MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2023 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº UPP2023-INT-0530602; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial N° 527-2022-MINEDU,