Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / a ser fi nanciadas con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo del Gobierno Nacional. 4.2 Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Inversiones y Proyectos, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las siguientes funciones respecto de las inversiones a su cargo: a) Autorizar la elaboración de los expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, y la ejecución de proyectos de inversión que hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas del Ministerio de Economía y Finanzas. b) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes, en el marco de las inversiones públicas que maneja la O fi cia General de Inversiones y Proyectos, a fi n de dar inicio a su ejecución física. Artículo 5. Delegación en materia de presupuesto y tesorería Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas las siguientes facultades: 5.1. Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático a que se re fi ere el artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 5.2 Registrar los datos del responsable de la entidad para autorizar el registro de la Certi fi cación del Crédito Presupuestario y del Compromiso, en el aplicativo informático “Acreditación Electrónica de Responsables de la Administración Financiera” del SIAF-SP. 5.3 Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras. Artículo 6. Delegación en materia de recursos humanos Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas las siguientes facultades: 6.1 Constituir el comité electoral para la elección de los representantes de los servidores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE. 6.2 Autorizar el desplazamiento de personal: asignación, encargo o designaciones temporales, rotación, reasignación, destaque, permuta, comisión de servicio y transferencia. 6.3 Disponer el ascenso, promoción, reingreso y reposición. 6.4 Autorizar la renovación de los contratos de personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276. 6.5 Aprobar los actos correspondientes al término de servicios; aceptación de renuncia, excepto los cargos de con fi anza; cese por fallecimiento; cese de fi nitivo por límite de edad y resolución de contrato del personal, en los casos que corresponda emitirse resolución ministerial. Artículo 7. Del plazo de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2024. Artículo 8. De las actuaciones realizadas Los funcionarios de los órganos en los cuales se ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta trimestralmente a el/la Ministro/a de Economía y Finanzas respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2248575-1Aprueban la “Política del Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de Economía y Finanzas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2023-EF/41 Lima, 27 de diciembre del 2023 CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, por Decreto Supremo N° 030-2002-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, cuyo artículo 1 dispone que toda entidad de la Administración Pública está orientada al servicio de la persona; Que, mediante Decreto Supremo N° 046-2014-PCM se aprueba la Política Nacional para la Calidad, la cual contempla, entre otros, el principio rector de enfoque orientado al ciudadano, con la fi nalidad de ofrecer y prestar un bien y/o servicio, por el sector público o privado, orientado a satisfacer los requerimientos del ciudadano, y que los niveles de calidad de dichos bienes y servicios cumplan los requisitos exigidos con las especi fi caciones de las partes, desplegándose los esfuerzos necesarios para alcanzarla; Que, mediante Decreto N° 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2022-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, la cual tiene como Objetivo Prioritario 3, Fortalecer la mejora continua en el Estado; Que, el Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001:2015 “promueve la adopción de un enfoque a procesos al desarrollar, implementar y mejorar la e fi cacia de un sistema de gestión de la calidad, para aumentar la satisfacción del cliente mediante el cumplimiento de los requisitos del cliente”, asimismo señala que la adopción de un sistema de gestión de la calidad es una decisión estratégica para una organización que le puede ayudar a mejorar su desempeño global y proporcionar una base sólida para las iniciáticas de desarrollo sostenible; Que, el Sistema de Gestión Antisoborno ISO 37001:2016 forma parte de un conjunto de normas técnicas de carácter voluntario, diseñada para ayudar a una organización a prevenir, detectar y enfrentar al soborno, así como, para cumplir con las leyes antisoborno y aquellos compromisos voluntarios aplicables a sus actividades; norma que resulta compatible con el Modelo de Integridad para las entidades públicas; Que, el artículo 47 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, establece que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento encargado de asesorar en el ámbito institucional y sectorial, entre otros aspectos, los procesos relacionados con el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública; Que, el artículo 61 de la citada norma señala que la Ofi cina General de Prevención e Integridad Institucional, es el órgano de asesoramiento encargado de asesorar y conducir los procesos en materia de cultura de la prevención y lucha contra la corrupción, con fl ictos de