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34 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / - Fabiola Martha Muñoz Dodero - Rafael Ugaz Vallenas- Alberto Valenzuela Soto” Artículo 2. Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2248826-10 Aprueban el Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 434-2023-EF/49 Lima, 23 de diciembre del 2023 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, con la fi nalidad que las entidades públicas alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicio de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 034-2017-SERVIR-PE se formalizó la aprobación del documento denominado “Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley 30057”, y con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 307-2017-SERVIR/PE, se formalizó la modi fi cación del mencionado lineamiento, instrumento que señala que la ruta para pasar al nuevo régimen del Servicio Civil consta de 4 etapas, siendo que en el etapa 3, entre otras, se establecen los puestos necesarios y los per fi les de dichos puestos, acorde con las funciones que deban desempeñar; por lo que a partir de ello, se elabora el Manual de Per fi les de Puestos – MPP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, a través del cual se establece los lineamientos que las entidades públicas deben seguir para la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos, en adelante MPP, cuando se encuentran en proceso de tránsito al régimen de la Ley Nº 30057; Que, mediante la Resolución de Secretaría General N° 040-2020-EF/13 se aprobó el MPP del Ministerio de Economía y Finanzas, modi fi cado mediante las Resoluciones de Secretaría General N° 051-2022-EF/13 y N° 069-2022-EF/13; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que, en el marco del fortalecimiento de la Administración Financiera del Sector Público, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que se reestructure orgánicamente y modi fi que sus documentos de gestión interna. Para tal efecto, la modi fi cación de los documentos de gestión interna de la entidad, incluido el Cuadro de Puestos de la Entidad, el Manual de Per fi les de Puestos y el Reglamento de Organización y Funciones, son aprobados mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante el Informe Técnico N° 001655-2023-SERVIR-GPGSC, del 09 de noviembre del 2023, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil señala, entre otros aspectos que, la autorización para modi fi car los documentos de gestión interna no se circunscribe a uno o más órganos del Ministerio de Economía y Finanzas, toda vez que, conforme a lo señalado textualmente en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31639, es una autorización al Ministerio de Economía y Finanzas (en su integridad), en el marco del fortalecimiento de la Administración Financiera; Que, en el marco de sus competencias, la O fi cina General de Recursos Humanos propone la aprobación del nuevo MPP del Ministerio de Economía y Finanzas, en virtud del análisis técnico recaído en el Informe N° 301- 2023-EF/49.01; Que, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31639, y de conformidad con el Informe Técnico N° 001655-2023-SERVIR-GPGSC emitido por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, corresponde emitir la resolución ministerial que aprueba el MPP propuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en el Reglamento General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; en la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP” aprobada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE; en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado con Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Per fi les de Puestos – MPP del Ministerio de Economía y Finanzas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), así como en el Intranet del Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2248485-1 Resolución Ministerial que aprueba el documento denominado “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2024-2027” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 435-2023-EF/52 Lima, 27 de diciembre del 2023 CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, dispone que la Gestión Integral de Activos y Pasivos Financieros del Sector Público No Financiero, como parte del proceso de Gestión de Recursos Públicos de la Administración Financiera del Sector Público, es el manejo integrado de los activos y pasivos fi nancieros del Sector Público No Financiero acorde con los lineamientos de la Planeación Financiera, con la fi nalidad de gestionarlos de manera e fi ciente, buscando maximizar el rendimiento de los activos y minimizar el costo de los pasivos, con un riesgo prudente; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que dicho Sistema Nacional gestiona los pasivos fi nancieros