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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 223

223 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / En el caso de los pensionistas, podrán acogerse al incentivo señalado en el artículo 3° literal a) previo pago de los derechos de emisión correspondiente, el cual no está sujeto a ningún tipo de descuento, cuyo servicio se encuentra establecido en la Cuarta Disposición Final del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF. DISPOSICIONES FINALES Primera.- CUMPLIMIENTO ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, Subgerencia de Recaudación y Control, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Informática y Estadística, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTADES DEL ALCALDE FACULTAR, al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso. Tercera.- PUBLICACIÓN ENCARGAR, a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y, a la Subgerencia de Informática y Estadística en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (www.munisantamariadelmar.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HUGO MONTEVERDE CERRUTTI Alcalde 2248830-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 del distrito de Santa María del Mar ORDENANZA N° 024-2023-MDSMM Santa María del Mar, 28 de diciembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR. POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria N° 024- 2023 de fecha 28 de diciembre de 2023. VISTOS: El Informe N° 044-2023-MDSMM/GM emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 247-2023-MDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Técnico N° 046-2023-MDSMM-GPPI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática; el Informe N° 129-2023-MDSMM/GSP/SGSC de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana; el Memorándum N° 001-2023-MDSMM/CODISEC emitido por el Presidente del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa María del Mar y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972-gobiernos locales tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)”; Que, el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones municipales, en materia de servicios públicos locales, la función de seguridad ciudadana; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) con la fi nalidad de coordinar e fi cazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social, estableciendo en su artículo 4º como componentes de este sistema a los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana -CODISEC, los cuales son encargados de proponer ante el concejo Municipal los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones; Que, el numeral 17.5 del artículo 17° de la Ley N° 27933-Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1454, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: “a) Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; y, asimismo, evaluar su cumplimiento (…)”; Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, establece que: “El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica”; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0786- 2023-IN de fecha 26 de junio de 2023, se aprueba la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, “Lineamientos técnicos para la formulación, aprobación, implementación y actualización de los planes de acción regional, provincial y distrital de seguridad ciudadana”, que tiene por fi nalidad garantizar la adecuada formulación, aprobación, implementación y actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana elaborados en el marco de las políticas en materia de seguridad ciudadana de fi nidas por el sector interior; Que, la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, establece los lineamientos técnicos para que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana y sus Secretarías Técnicas formulen, aprueben, implementen y actualicen sus respectivos Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana en el marco de las políticas en materia de seguridad ciudadana defi nidas por el sector interior; y tiene alcance nacional, y es de cumplimiento obligatorio para los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana y sus Secretarías Técnicas, en el marco de sus competencias; Que, conforme a lo establecido en el subnumeral 4.3.2 de la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC, corresponde a la Secretaría Técnica del CODISEC de Santa María del Mar presentar la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) para su validación y posterior aprobación; Que, el CODISEC de Santa María del Mar en Sesión Ordinaria de fecha 29 de agosto de 2023, aprobó la matriz de priorización de hechos delictivos predominantes del