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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2023 (05/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / Designan Director de la Dirección de Articulación de Mercados de la Dirección General de Desarrollo Empresarial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000008-2023-PRODUCE Lima, 4 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo único de la Resolución Ministerial N° 00361-2022-PRODUCE, se designó al señor Rodolfo Cristian Huayhua Lobatón, en el cargo de Director de la Dirección de Articulación de Mercados de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, siendo necesario dar por concluida dicha designación; así como designar a la persona que ejercerá dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Rodolfo Cristian Huayhua Lobatón, en el cargo de Director de la Dirección de Articulación de Mercados de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Moisés Ángel Baltazar Laura, en el cargo de Director de la Dirección de Articulación de Mercados de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA BELAUNDE ARNILLAS Ministra de la Producción 2140550-3 Delegan facultades a diversos funcionarios durante el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000009-2023-PRODUCE Lima, 4 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; y puede delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establece que el/la Ministro/a de la Producción ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las leyes, pudiendo desconcentrar y/o delegar a los empleados públicos de su Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente la citada norma, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la entidad; además, el numeral 47.2 del artículo 47 del mencionado Decreto Legislativo establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; además, indica que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece el ámbito de aplicación de las entidades a las cuales le resulta extensible, a efecto de dar cumplimiento al citado cuerpo normativo al momento de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y de acuerdo a lo señalado en los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 de la referida norma, establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, salvo los casos expresamente previstos en la citada normativa; Que, los numerales 9.1 y 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, establece que el órgano resolutivo del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones es el Ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; a quien le corresponde, entre otras funciones, autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas, precisando que estas funciones pueden ser objeto de delegación; Que, la Directiva Nº 003-2021-EF/43.01 denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, emitidos en el marco de la Ley N° 29806”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 109-2021-EF/43, regula de manera exclusiva las obligaciones que deben cumplir los titulares de los Sectores o los funcionarios que cuenten con la delegación de las funciones correspondiente, en los temas relativos a la selección y contratación del personal altamente cali fi cado;