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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2023 (11/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / En atención a lo antes señalado, cabe indicar que, según el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la LPAG establece que los errores materiales pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a solicitud de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión 15. Cabe precisar, que la recti fi cación de los errores materiales descritos en el presente informe, no implican una modi fi cación sustancial del contenido, ni del sentido de la decisión emitida mediante Resolución del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD y N° 087-2022-SUNEDU/CD, por lo que corresponde su recti fi cación conforme a lo establecido por el artículo 212 del TUO de la LPAG. En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y sus modi fi catorias; y según lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo N° 002-2023. SE RESUELVE:Primero.- ACEPTAR el pedido de recti fi cación solicitado por la Universidad Ricardo Palma, respecto al error material en la denominación del programa de Segunda Especialidad Profesional en Endocrinología y del título que este otorga, consignado en la Resolución del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD conforme al siguiente detalle: ANEXO N° 1 PROGRAMAS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DE LA UNIVERSIDAD N°DENOMINACIÓN DE LA SEGUNDA ESPECIALIDADTÍTULO QUE OTORGA (…) 12ESPECIALIDAD: ENDOCRINOLOGÍATÍTULO DE ESPECIALISTA EN ENDOCRINOLOGÍA (…) Segundo.- ACEPTAR el pedido de recti fi cación solicitado por la Universidad Ricardo Palma respecto al error material en la denominación de los títulos que otorgan los programas de Sub especialidad en Psiquiatría de Adicciones y, la Sub especialidad en Urología Pediátrica, contenidos en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 087-2022-SUNEDU/CD, conforme al siguiente detalle: ANEXO N° 1 PROGRAMAS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DE LA UNIVERSIDAD N°DENOMINACIÓN DE LA SEGUNDA ESPECIALIDADTÍTULO QUE OTORGA (…) 59SUB ESPECIALIDAD: PSIQUIATRÍA DE ADICCIONESTÍTULO DE SUB ESPECIALISTA EN PSIQUIATRÍA DE ADICCIONES 60SUB ESPECIALIDAD: UROLOGÍA PEDIÁTRICATÍTULO DE SUB ESPECIALISTA EN UROLOGÍA PEDIÁTRICA Tercero.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Ricardo Palma, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 7 de febrero de 2018. 2 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 24 de agosto de 2022. 3 Ingresado con RTD N° 048736-2022-SUNEDU-TD del 16 de septiembre de 2022. 4 Ingresado con RTD N° 058224-2022-SUNEDU-TD del 14 de noviembre de 2022. 5 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó la licencia institucional a la Universidad fue materia de modi fi caciones, recti fi caciones y enmiendas: i) RCD N° 013-2018-SUNEDU/CD del 31 de enero de 2018, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 7 de febrero de 2018, ii) RCD N° 050-2019-SUNEDU/CD del 25 de abril de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 27 de abril de 2019; iii) RCD N° 085-2020-SUNEDU/CD del 16 de julio de 2020, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 18 de julio de 2020, iv) RCD N° 094-2021-SUNEDU/ CD del 2 de septiembre de 2021, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 4 de septiembre de 2021; y, v) RCD N° 087-2022-SUNEDU/CD del 23 de agosto de 2022, publicado en el diario o fi cial “El Peruano” el 24 de agosto de 2022. 6 A través de la cual se resuelve enmendar la omisión incurrida en el artículo 2 y en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 040-2016-SUNEDU/CD mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad, incluyendo cincuenta y ocho (58) programas de segunda especialidad profesional como parte de su oferta académica existente. 7 A través de la cual se recti fi có por la omisión de los programas de Sub especialidad en Psiquiatría de Adicciones y, el de la Sub especialidad en Urología Pediátrica y sus respectivos títulos. 8 Ingresado con RTD N° 048736-2022-SUNEDU-TD del 16 de septiembre de 2022. 9 Ingresado con RTD N° 058224-2022-SUNEDU-TD del 14 de noviembre de 2022. 10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores (…) 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 11 Ingresado con RTD N° 022817-2016-SUNEDU-TD del 5 de septiembre de 2016. 12 Ingresado con RTD N° 022817-2016-SUNEDU-TD del 5 de septiembre de 2016. 13 Ingresado con RTD N° 058224-2022-SUNEDU-TD del 14 de noviembre de 2022. 14 Ingresado con RTD N° 048736-2022-SUNEDU-TD del 16 de septiembre de 2022. 15 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 2141436-1