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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (10/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / de la SMV” de la “Política sobre difusión de proyectos normativos, normas legales de carácter general, agenda temprana y otros actos administrativos de la SMV”, la que en adelante se denominara: “Publicación y difusión de la Agenda Temprana de la SMV”. Artículo 4.- Incorporar la primera y segunda disposición complementaria a la “Política sobre difusión de proyectos normativos, normas legales de carácter general, agenda temprana y otros actos administrativos de la SMV”, conforme a la siguiente redacción: “PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Toda referencia al término “consulta ciudadana” en la presente norma debe ser entendida como “consulta pública”. SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Toda referencia al término “Portal del Mercado de Valores de la SMV (www.smv.gob.pe)” en la presente norma deber ser entendida, a partir del 13 de marzo de 2023, como “Página Institucional de la SMV en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/smv)”. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 6.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 2149931-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA REGIONAL Nº 000001-2023-SUNAT/7I0000 DESIGNAN AUXILIARES COACTIVOS DE LA INTENDENCIA REGIONAL PIURA Piura, 8 de febrero de 2023CONSIDERANDO:Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT, faculta a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de su competencia; Que, por su parte, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000, desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Sección Cobranza de la División de Control de la Deuda y Cobranza de la Intendencia Regional Piura, resulta necesario designar nuevo personal en calidad de Auxiliar Coactivo;Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la División de Incorporación y Administración de Personas de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, ha con fi rmado el cumplimiento de los mencionados requisitos por parte de los colaboradores JAVIER MARTINEZ VILCHEZ, JUAN ROBERTO AYALA CORONADO y HOMAR IVAN IPARRAGUIRRE FERNANDEZ. Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es aplicable a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Piura a los siguientes colaboradores: Registro N° Apellidos y Nombres 3465 MARTINEZ VILCHEZ, JAVIER 6965 AYALA CORONADO, JUAN ROBERTO 6874 IPARRAGUIRRE FERNANDEZ, HOMAR IVAN Regístrese, comuníquese y publíquese. LIGIA RENEE ORTEGA PEREDA Intendente RegionalIntendencia Regional Piura 2150189-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aprueban la Guía metodológica para el cálculo de multas en la SUNEDU RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 010-2023-SUNEDU/CD Lima, 9 de febrero del 2023VISTOS:El Informe Nº 106-2022-SUNEDU-02-14 y el Informe Nº 003-2023-SUNEDU-02-14 de la Dirección de Fiscalización y Sanción; y, el Informe Nº 669-2022-SUNEDU-03-06 y el Informe Nº 060-2023-SUNEDU-03-06 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), como responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, la supervisión de la calidad del servicio educativo universitario, y la fi scalización del uso de los recursos públicos y bene fi cios otorgados a las universidades, con el propósito de que estos sean destinados a fi nes educativos y al mejoramiento de la calidad; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 y el artículo 21 de la Ley Universitaria, la Sunedu cuenta con la facultad de determinar