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111 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / la Ordenanza que establece los incentivos por el pronto pago de impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2023, toda vez que la misma se encuentra dentro del marco legal; De conformidad con lo establecido en el artículo 9º, inciso 8), artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con el voto por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2023 Artículo 1º.- OBJETO Y FINALIDAD. Establecer las fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2023; así como el régimen de incentivos por el pronto pago de dichos tributos. Artículo 2º.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3º.- ACOGIMIENTO. Podrán acogerse todos los contribuyentes del Distrito de Independencia que tengan tributos generados para el ejercicio 2023, cuyo uso de propiedad sea destinado a casa habitación. Artículo 4º.- FECHAS DE VENCIMIENTO. Establézcase las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2023, de acuerdo al siguiente cronograma. TRIBUTO Y MODALIDAD DE PAGOFECHA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2023 Impuesto Predial Anual 28 de febrero de 2023 Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (Trimestralmente) Primer Trimestre 28 de febrero de 2023 Segundo Trimestre 31 de mayo de 2023Tercer Trimestre 31 de agosto de 2023 Cuarto Trimestre 30 de noviembre de 2023 Artículo 5º.- DESCUENTOS OTORGADOS POR INCENTIVO DE PRONTO PAGO. Los contribuyentes cuyo uso de propiedad sea destinado a casa habitación, podrán acceder voluntariamente a los incentivos de pronto pago, aplicándose el descuento al insoluto del monto de los arbitrios municipales según las siguientes condiciones y fechas límites de cancelación. FECHA DE CANCELACION 28 DE FEBRERO DE 2023 CONTRIBUYENTESCONDICION DEL DESCUENTO% DE DSCTO. SOBRE ARBITRIOS No tienen deuda anterior al año 2023Cancelación Total del Impuesto Predial 2023 (Anual) y de los cuatro (04) trimestres de los Arbitrios Municipales 2023.20% Tienen deuda anterior al año 202315% Artículo 6º.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACIÓN QUE GENERA EL INCENTIVO Los incentivos establecidos en el artículo quinto de la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de los arbitrios Municipales determinados para el ejercicio fi scal 2023, según las fechas indicadas. Artículo 7º.- RECONOCIMIENTO DE DEUDA El acogimiento a los bene fi cios contemplados en la presente ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la Administración considerará que ha operado la sustracción de la materia, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y periodo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano hasta el 28 de Febrero del 2023, disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Independencia, www.muniindependencia.gob.pe. Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Subgerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Tercero.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso del cuadro 02 del artículo quinto (DESCUENTOS OTORGADOS POR INCENTIVO DE PRONTO PAGO) Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el Portal de la Entidad (www.muniindependencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO REYNAGA RAMIREZ Alcalde 2150099-1 Precisan que Compensación Económica del Alcalde ha quedado establecida de acuerdo a la población electoral y dejan en suspenso la aprobación de la dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Independencia ACUERDO DE CONCEJO Nº 000003-2023-MDI Independencia, 30 de enero de 2023VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el tema referido a la Compensación Económica del Alcalde y Dieta de los regidores para el presente periodo de gestión, y el pedido efectuado por los regidores para dejar en suspenso la aprobación de la dieta de los Regidores de la Municipalidad Distrital de Independencia, con el fi n de que la administración realice las consultas pertinentes al Ministerio de Economía y Finanzas, y entidades a fi nes para fi jar las dietas considerando la compensación económica del Alcalde; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 5 literal a) del artículo 52° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que son funcionarios públicos de elección popular directa, y universal; los Alcaldes, Tenientes Alcaldes y Regidores. Asimismo, en el último párrafo del citado artículo, dispone que la compensación económica para los funcionarios señalados en dicho artículo se aprueba mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Concejo de Ministros.