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66 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de julio de 2023 El Peruano / de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes en el Distrito de Breña, el cual estará integrado por los siguientes miembros: - Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, quien lo preside. - Representante de la Gerencia de Servicios Sociales de la Municipalidad Distrital de Breña. - Representante de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Breña. - Representante de la Subgerencia de Promoción del Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Breña. - Representante de la Sugerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deportes de la Municipalidad Distrital de Breña. - Un representante de Centro de Emergencia de Mujer de Breña. - Un representante de la Policía Nacional del Perú.- Un representante del Ministerio de Justicia (Defensa de Víctimas). - Un representante del Poder Judicial.- Un representante del Ministerio Público.- Un representante de la Unidad de Gestión Educativa.- Un representante de la Red de Salud.- Un representante de la Defensoría del Pueblo.- Un representante de la Subgerencia de Obras Públicas y Transportes de la Municipalidad Distrital de Breña. - Un representante de la DEMUNA de la Municipalidad Distrital de Breña. - Un representante del Consejo del Niño, Niña y Adolescente – CCONNA. - Un representante de la Subprefectura.- Un representante de la Sociedad Civil. Artículo Quinto.- ENCARGAR, la Secretaría Técnica del Comité Distrital Multisectorial de Naturaleza Permanente Contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes en el Distrito de Breña a la Gerencia de Servicios Sociales de la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Sexto.- ENCARGAR, la responsabilidad de cada institución integrante del Comité Distrital Multisectorial de Naturaleza Permanente Contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes en el Distrito de Breña, acreditar a un titular y un alterno en un plazo no mayor de treinta días de aprobada la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- ESTABLECER, que el Comité Distrital Multisectorial de Naturaleza Permanente Contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes en el Distrito de Breña, tendrá las siguientes funciones: a) Proponer, desarrollar e implementar políticas, normas, planes, estrategias, programas, proyectos y actividades contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes a nivel local. b) Realizar acciones de seguimiento y monitoreo sobre la implementación de las políticas, programas, planes y acciones contra la Trata de Personas en el Gobierno Local. c) Formular y aprobar el Plan Operativo Multisectorial Anual del Comité Multisectorial. d) Elaborar el informe anual de las acciones contra la Trata de Personas para ser presentado al Concejo Municipal. e) Incorporar en los documentos de planeamiento de la Municipalidad los lineamientos establecidos en la Política Nacional Contra la Trata de Personas. Artículo Octavo.- DECLARAR, de interés prioritario local la implementación de políticas publicas integrales orientadas a la prevención, detección, seguimiento y denuncia de los casos de trata de personas a nivel del Distrito de Breña. Artículo Noveno.- DISPONER, que la Municipalidad Distrital de Breña, a través de la Gerencia de Servicios Sociales y sus demás Unidades Orgánicas implementará como política municipal campañas educativas y de sensibilización, orientadas a la prevención de los delitos de trata de personas y de trá fi co ilícito de migrantes en coordinación con las autoridades e instituciones competentes.Artículo Décimo.- FACULTAR, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la reglamentación y dicte las medidas complementarias y necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios Sociales para que en coordinación con los sectores correspondientes implementen las acciones pertinentes para el cumplimiento de esta Ordenanza. Artículo Décimo Segundo.- ENCARGAR, a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña efectuar la publicación de la presente Ordenanza Municipal en los medios de comunicación respectivos. Artículo Décimo Tercero.- DISPONER, que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Décimo Cuarto.- DEROGAR, toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Décimo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe) y en el portal peruano (www.peru.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS FELIPE DE LA MATA MARTINEZ Alcalde 2192141-1 Ordenanza que aprueba el Reglamento de Condecoraciones de la Municipalidad Distrital de Breña ORDENANZA N° 589-2023-MDB Breña, 20 de junio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑAPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Breña, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen N° 05-2023-CESCDR/MDB de la Comisión de Educación, Salud, Cultura, Deporte y Recreación del Concejo Distrital de Breña, el Informe N° 052-2023-SG/MDB, de la Secretaría General, el Informe N° 168-2023-OPP/MDB, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 415-2023-OAJ-MDB, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, concordante con el artículo 11º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; entendiéndose por autonomía política como aquella facultad de adoptar políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar funciones que le son inherentes, conforme a lo establecido en el numeral 9.1), artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Que, el artículo 38º de la LOM, re fi ere que “El ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal, de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional. Las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simpli fi cación