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77 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / Jueces Superiores Titulares designados por la Junta Nacional de Justicia previo concurso público, sin embargo, a falta de titulares se debe proceder a la conformación con Jueces Superiores Provisionales, es decir con aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentren dentro de la función jurisdiccional, observándose los principios rectores como la meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.2. Que, en relación a la promoción de los Jueces Especializados como Jueces Superiores Provisionales, se ha tomado en cuenta la antigüedad en el cargo, orden de mérito y especialidad establecido en el Cuadro de Méritos y Antigüedad, por lo que considerando que la Presidencia de esta Corte es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por tanto se encuentra facultado para designar Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentran en el ejercicio de la función jurisdiccional. 3.3. En este orden de ideas, habiéndose evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe presentar un juez, recogiendo la propuesta elevada por la Presidenta de la Primera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, se ha considerado conveniente designar a la magistrada Luz Violeta Román Baquerizo, en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Juzgado Contencioso Administrativo, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Primera Sala Contencioso Administrativo. Cuarto. Reasignación del magistrado del Décimo Octavo Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributario, Aduanero y Mercado, como Juez Supernumerario del Décimo Juzgado Contencioso Administrativo. 4.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000004-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 4 de enero del 2023, se designó al abogado Sidney Lesmes Cossio Albornoz, como Juez Supernumerario del Décimo Octavo Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributario, Aduanero y Mercado. 4.2. Esta Presidencia, atendiendo la situación descrita en el tercer considerando de la presente resolución, ha evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe presentar un juez, ha considerado conveniente reasignar al magistrado Sidney Lesmes Cossio Albornoz, como Juez Supernumerario del Décimo Juzgado Contencioso Administrativo. Quinto. Facultades de la Presidencia de la Corte Superior. En este orden de ideas, teniendo en consideración que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultada para designar a Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces del grado inmediato anterior que se encuentren en el ejercicio de la función jurisdiccional; así como a la designación de Jueces Supernumerarios, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordadas con la Resolución Administrativa N° 000257-2023-CE-PJ; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ACEPTAR la declinación de la magistrada MARÍA LUISA YUPANQUI BERNABÉ, como Jueza Superior Provisional de la Primera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de Lima, en consecuencia, deberá retornar al órgano jurisdiccional de origen, desde el 13 de julio del presente año.Artículo Segundo.- DESIGNAR a la magistrada LUZ VIOLETA ROMÁN BAQUERIZO, en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Primera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, a partir del 13 de julio del presente año, quedando conformada la Sala Superior: Primera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo: - Dra. Ángela Graciela Cárdenas Salcedo - Dr. Luis Alberto Carrasco Alarcón- Dra. Luz Violeta Román Baquerizo. Artículo Tercero.- REASIGNAR al magistrado SIDNEY LESMES COSSIO ALBORNOZ, como Juez Supernumerario del Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, a partir del 13 de julio del presente año. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano de Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión respectiva de la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Coordinación de Recursos Humanos, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura y Gerencia de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2196062-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Dejan sin efecto la Resolución de Contraloría N° 405-2022-CG, que amplía la vigencia de los encargos otorgados mediante Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG y Resolución de Contraloría N° 260-2022-CG RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 262-2023-CG Lima, 12 de julio de 2023VISTOS: El Memorando N° 000438-2023-CG/GMPL y el Proveído N° 001911-2023-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000318-2023-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; la Hoja Informativa N° 000594-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000638-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que poza de autonomía conforme a las disposiciones previstas en su Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias;