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82 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / unanimidad en Sesión Extraordinaria (realizada en forma semi presencial) de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALANA DE LA PROVINCIA DE TACNA, DEPARTAMENTO DE TACNA, POR LA SUMA DE S/ 2’447,477.75 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 75/100 SOLES) PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL, EN EL PASAJE CARAMOLLE Y CALLE 01 ENTRE LA AV. CELESTINO VARGAS Y LA CARRETERA TACNA-CALANA-PACHÍA DEL DISTRITO DE CALANA-TACNA-TACNA”. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la Transferencia Financiera autorizada por el presente Acuerdo de Consejo Regional debe ser destinada sólo a los fi nes para los cuales se autorizó. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna efectúe el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos, debiendo remitir los informes correspondientes al Consejo Regional de Tacna. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Consejo Regional de Tacna efectúe acciones de fi scalización a la Transferencia Financiera autorizada por el presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás entes regionales competentes del Gobierno Regional de Tacna implementen el presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículo 16 numeral 1.2 de la ley Nº 31365 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022. POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. ARNOLD ELVIS CONDORI CUTIPA PresidenteConsejo Regional de Tacna 2188400-3 Autorizan Transferencia Financiera a la Municipalidad Distrital de Huanuara, provincia de Candarave, departamento de Tacna CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2022-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, treinta de setiembre de dos mil veintidós CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y; en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: 1. aprobar su organización interna y su presupuesto”. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; asimismo, el artículo 39 prescribe: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en su artículo 7 establece: “7.1 El Titular de la Entidad es responsable en materia presupuestaria, y de manera solidaria, según sea el caso, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Consejo Directivo u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Para el caso de las Entidades señaladas en los incisos 6 y 7 del párrafo 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Legislativo, y de las empresas de los Gobiernos Regionales y Locales, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva”; asimismo, en su artículo 76 señala: “76.1. Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de pliegos o entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2. Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las leyes anuales de Presupuesto del Sector Público”. Que, la Ley Nº 31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022 en su artículo 16. Transferencias Financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2022.- Autorizase en el presente Año Fiscal, la realización de manera excepcional, de las siguientes transferencias.- 16.1 Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento y, de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del Convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que mediante Memorando N° 695-2022-GGR-OES- GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de setiembre del 2022, El Director de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión, señala la lista de Evaluadores del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE CONDUCCIÓN DE AGUA PARA RIEGO DE LA SECCIÓN ISAÑANI, DISTRITO DE HUANUARA – PROVINCIA DE CANDARAVE – DEPARTAMENTO DE TACNA”, con CUI Nº 2519460. Que, mediante O fi cio N° 273-2022-ALCALDÍA/ MDH, de fecha 21 de setiembre del 2022, emitido por la Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Huanuara, donde levantan observaciones del expediente técnico y solicita la disponibilidad presupuestal y ejecución para el Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE CONDUCCIÓN DE AGUA PARA RIEGO DE LA SECCIÓN ISAÑANI, DISTRITO DE HUANUARA – PROVINCIA DE CANDARAVE – DEPARTAMENTO DE TACNA”, CON CUI 2519460. Que, mediante Informe N° 0099-2022-GGR-OES- AYMM/GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de setiembre del 2022, el Evaluador de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna, señala: Se concluye la revisión, siendo conforme la información presentada en la Especialidad de Hidráulica, se remite el presente para que siga su trámite correspondiente. Que, mediante Informe N° 002-2022-ROPQ-EE- MSCARSI-OES-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de setiembre del 2022, el Ingeniero Especialista en Estructuras