Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (21/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y; en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: 1. aprobar su organización interna y su presupuesto”. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; asimismo, el artículo 39 prescribe: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en su artículo 7 establece: “7.1 El Titular de la Entidad es responsable en materia presupuestaria, y de manera solidaria, según sea el caso, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Consejo Directivo u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Para el caso de las Entidades señaladas en los incisos 6 y 7 del párrafo 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Legislativo, y de las empresas de los Gobiernos Regionales y Locales, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva”; asimismo, en su artículo 76 señala: “76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de pliegos o entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2. Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las leyes anuales de Presupuesto del Sector Público”. Que, la Ley Nº 31365 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, en su artículo 16º Transferencias Financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2022.- Autorizase en el presente Año Fiscal, la realización de manera excepcional, de las siguientes transferencias.- 16.1 Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento y, de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del Convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que, mediante O fi cio Nº 350-2022-A/MDP/T, de fecha 05 de septiembre de 2022, emitido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachía, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna, remite el Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE AGUA PARA RIEGO EN EL COMITÉ DE REGANTES DE TOQUELA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHÍA, PROVINCIA DE TACNA, DEPARTAMENTO DE TACNA”, con Código Único de Inversión Nº 2314912, que anexa el Expediente Técnico aprobado, en físico y digital, Resolución de aprobación de Expediente Técnico, de fecha 02 de setiembre de 2022, Acuerdo de Consejo Municipal que autoriza la suscripción del Convenio, de fecha 05 de setiembre de 2022, Propuesta y/o Proyecto de Convenio de Transferencia de recursos, Registro en el banco de inversiones actualizado 8A – 12B y copia de credenciales y DNI del Alcalde. Que, mediante Informe N° 0093-2022-GGR-OES- AYMM/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de setiembre de 2022, el Coordinador de Evaluación de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna, señala “De la evaluación se concluye conforme, conteniendo los estudios básicos necesarios aprobados mediante Resolución de Alcaldía Nº 239-2022-A/MDP, el Expediente: Mejoramiento del Servicio de Almacenamiento de Agua para Riego en el Comité de Regantes de Toquela, Distrito de Pachía-Tacna-Tacna, con un presupuesto de S/ 2’796,717.18 (Dos Millones Setecientos Noventa y Seis Mil Setecientos Diecisiete con 18/100 Soles), en un plazo de ejecución de 150 días calendarios (5 meses), bajo modalidad de ejecución administración Indirecta-Contrata, siendo la entidad responsable de la ejecución, la Municipalidad Distrital de Pachía (…)”. Que, mediante O fi cio Nº 3877-2022-GGR-OES/GOB. REG.TACNA, de fecha 08 de agosto de 2022, emitido por el Director Ejecutivo de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna, señala: “(…) Por consiguiente y de acuerdo a lo expuesto por el Coordinador de Evaluadores, mediante Informe N° 093-2022-GGR-OES-AYMM/GOB.REG.TACNA, se otorga CONFORMIDAD TÉCNICA al Expediente Técnico del Proyecto en mención, cuyo presupuesto asciende a S/ 2’796,717.18 (Dos Millones Setecientos Noventa y Seis Mil Setecientos Diecisiete con 18/100 Soles), con un plazo de ejecución de 150 días calendarios, por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta (Contrata). Que, mediante Informe N° 051-2022-GRPPAT- OPMI-JELM/GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de setiembre del 2022, el Especialista en Inversiones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, señala: 4. CONCLUSIONES.- El Proyecto de Inversión fue viabilizado y aprobado con un monto de S/ 1,512.334.00 soles, a nivel Expediente Técnico, sin embargo, en la subsanación se observa que el presupuesto de inversión actualizado asciende a S/ 2’796,717.18 (Dos Millones Setecientos Noventa y Seis Mil Setecientos Diecisiete con 18/100 Soles), aprobado mediante Resolución Gerencial Nº 239-2022-A/MDP, con fecha 02 de setiembre 2022. El Proyecto de Inversión se encuentra alineado a la Función Agropecuaria, articulado al Programa Multianual de Inversiones con el servicio público identi fi cado y priorizado denominado SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO e indicador de brecha de acceso a servicio PORCENTAJE DE SUPERFICIE AGRÍCOLA SIN RIEGO, con Unidad de Medida HECTÁREA, contribuyendo al cierre de brecha en 64, detallados en el formato Nº 07-A: Registro de Proyectos de Inversión, cumpliendo con los indicadores de brechas establecidos por el Sector Agricultura y Riego aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 041-2021-MINAGRI (…). Que, mediante el Informe N° 454-2022-GRPPAT-OPMI/ GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de setiembre del 2022, emitido por la Directora de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones señala: “(…) Por medio del presente, remito el Informe N° 051-GRPPAT-OPMI-JELM/GOB.REG.TACNA, emitido por el Especialista de Inversiones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, el mismo que la suscrita hace suyo”. Que, con O fi cio Nº 2267-2022-SGPRE-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de septiembre del 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial señala: III ANÁLISIS a) Considerando que la Municipalidad Distrital de Pachia , ha ejecutado la suma de S/ 35,900.00, se concluye que se encuentra pendiente por ejecutar el monto de S/ 2´760.817.18 ( Dos Millones Setecientos Sesenta Mil Ochocientos Diecisiete con 18/100 soles ) (..) .- IV CONCLUSIONES.- Bajo dicho contexto, dentro de las atribuciones que le competen a esta Gerencia en materia estrictamente presupuestal, se procedió a evaluar el Presupuesto Institucional, determinándose que se cuenta con recursos disponibles, por el monto de S/ 2’760,817.18 (Dos Millones Setecientos Sesenta Mil Ochocientos Diecisiete con 18/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para fi nanciar la ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO DE AGUA PARA RIEGO EN EL COMITÉ DE REGANTES DE TOQUELA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHÍA, PROVINCIA DE TACNA, DEPARTAMENTO DE TACNA”. En tal sentido, se emite Opinión favorable de disponibilidad