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76 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / solidaria, según sea el caso, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Consejo Directivo u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad. Para el caso de las Entidades señaladas en los incisos 6 y 7 del párrafo 3.1 del artículo 3 del presente Decreto Legislativo, y de las empresas de los Gobiernos Regionales y Locales, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva”; asimismo, en su artículo 76 señala: “76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de pliegos o entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2. Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las leyes anuales de Presupuesto del Sector Público”. Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022 en su artículo 16. Transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2022.- Autorizase en el presente Año Fiscal, la realización de manera excepcional, de las siguientes transferencias.- 16.1 Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento y, de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del Convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que, mediante O fi cio Nº 367-2022-2022-A/MDC-C, de fecha 01 de septiembre de 2022, emitido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Camilaca, Provincia de Candarave Departamento de Tacna, solicita la trasferencia fi nanciera para la ejecución el Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO PARA 05 SISTEMAS DE RIEGO EN EL DISTRITO DE CAMILACA - PROVINCIA DE CANDARAVE - DEPARTAMENTO DE TACNA” con CUI Nº 2475231, que adjunta la Resolución de Alcaldía Nº 216-2022-A/MDC, propuesta de Convenio de Trasferencia de Recursos, Acuerdo de Consejo Municipal Nº 016-2022-CM/MDC, de fecha 31 de agosto de 2021, Registro en el banco de inversiones actualizado 8A – 12B y copia de credenciales y DNI del Alcalde. Que, mediante Informe N° 080-2022-FCA-IE-OES- GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 17 de agosto del 2022, el Especialista - Evaluador de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna, señala “Habiéndose revisado la documentación y el Informe de Estudio, el suscrito concluye dar OPINIÓN FAVORABLE al EXPEDIENTE TÉCNICO EN LA ESPECIALIDAD DE SUELOS Y GEOTECNIA PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO PARA (5) SISTEMAS EN EL DISTRITO DE CAMILACA - PROVINCIA DE CANDARAVE - DEPARTAMENTO DE TACNA”. Que mediante Informe N° 002-2022-ROPQ-EDEyT- OES-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 de agosto del 2022, el Especialista en Diseño, Estructuras y Topografía de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna, señala: “IV CONCLUSIONES. - Se concluye que después de la evaluación del Expediente Técnico alcanzado, éste se encuentra conforme por lo tanto se le otorga la conformidad, en las Especialidades de Topografía, Diseño y Estructuras. Es necesario señalar que la Especialidad de Suelos e Hidrología debe estar aprobado, caso contrario podría sufrir cambios en la especialidad de estructuras. V.- RECOMENDACIONES. - Se recomienda continuar con el trámite correspondiente de acuerdo a la normatividad vigente de la Entidad”. Que, mediante Informe N° 015-2022-HCHCH-OES- GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 01 de setiembre de 2022, emitido por el Coordinador de Evaluadores de la Ofi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna, que señala en sus CONCLUSIONES: “Conforme a la normatividad vigente y a la evaluación efectuada al Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO PARA 05 SISTEMAS DE RIEGO EN EL DISTRITO DE CAMILACA - PROVINCIA DE CANDARAVE - DEPARTAMENTO DE TACNA”, se otorga la APROBACIÓN, con un presupuesto total de S/ 4’546,967.85 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 85/100 SOLES), por el plazo de 120 días calendario, bajo la administración Indirecta (Por Contrata). Que mediante O fi cio N° 3766-2022-GGR-OES/GOB. REG.TACNA, de fecha 01 de setiembre de 2022, emitido por la Dirección de la O fi cina Ejecutiva de Supervisión que señala: “(…) Por consiguiente y en merito al sustento expuesto por el Coordinador de Evaluadores en el Informe N° 015-2022-HCHCH-CE-OES-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 01 de setiembre de 2022, se APRUEBA el Expediente Técnico del Proyecto en mención, con un presupuesto total de S/ 4’546,967.85 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 85/100 SOLES), con un plazo de 120 días calendarios, bajo la modalidad de Administración Indirecta (Por Contrata). Que, mediante Informe N° 024-2022-GRPPAT-OPMI- VWAO/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de septiembre del 2022, el Especialista en Inversiones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, en sus conclusiones señala: “(…) El Proyecto de Inversión viabilizado y aprobado con un monto de S/ 4,109,598.68, a nivel Expediente Técnico por un monto de S/ 4,546,967.85. El proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO PARA 05 SISTEMAS DE RIEGO EN EL DISTRITO DE CAMILACA - PROVINCIA DE CANDARAVE - DEPARTAMENTO DE TACNA”, se encuentra priorizado en la Cartera de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Camilaca, alineada al servicio público con brecha identi fi cada y priorizada de SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO e indicador de brecha de acceso al servicio de PORCENTAJE DE SISTEMAS DE RIEGO QUE OPERAN EN CONDICIONES INADECUADAS, por lo que se da OPINIÓN FAVORABLE, en cuanto a la inversión está alineada con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la programación multianual de inversiones y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a sus criterios de priorización. (…)”. Que, mediante el Informe N° 445-2022-GRPPAT- OPMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de septiembre del 2022, emitido por el Director de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones señala:(…). Al respecto, se adjunta el Informe N° 024-2022-GRPPAT-OPMI-VWAO/GOB.REG.TACNA, emitido por el Especialista de Inversiones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual se atiende lo solicitado y cuenta con la conformidad de este Despacho. Que, con O fi cio Nº 2235-2022-SGPRE-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de septiembre de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en sus conclusiones señala: III. ANÁLISIS. - a) Considerando que el componente del Expediente Técnico ha sido ejecutado por la Municipalidad Distrital de Camilaca, se concluye que se encuentra pendiente de ejecutar los componentes de Costo Directo, Gastos Generales, Gestión de Proyectos, Supervisión y Liquidación, los cuales ascienden a S/ 4´386,492.85 (cuatro millones trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y dos y 85/1000 soles). - (…) Considerando bajo dicho contexto, dentro de las atribuciones que le competen a esta Gerencia en materia estrictamente presupuestal, se procedió a evaluar el Presupuesto Institucional, determinándose que se cuenta con recursos disponibles, por el monto de S/ 4’386,492.85 (Cuatro Millones Trescientos Ochenta y Seis Mil Cuatrocientos Noventa Y Dos con 85/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para fi nanciar la ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO PARA 05 SISTEMAS DE RIEGO EN EL DISTRITO DE CAMILACA-PROVINCIA DE CANDARAVE-DEPARTAMENTO DE TACNA”. En tal sentido, se emite Opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite administrativo correspondiente, de acuerdo a la normatividad vigente. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, cabe precisar