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75 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal Distrital de Lurín, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, se autorizó la dispensa del trámite de comisiones de regidores sobre el tema materia puesto a consideración del Concejo Municipal; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno a través de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el artículo 41° del mismo cuerpo normativo, establece que, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de este órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, esta propuesta ha sido debatida y analizada por el pleno del Concejo Municipal y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 39° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNÁNIME del pleno, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.– APROBAR, el REGLAMENTO INTERNO DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURÍN, el cual consta de tres (03) Títulos, ocho (08) Capítulos, cuarenta y ocho (48) Artículos y ocho (08) Disposiciones Finales y Complementarias. Artículo Segundo.– ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental y demás órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Lurín en el ámbito de sus competencias. Artículo Tercero.– DÉJESE, sin efecto, el Decreto de Alcaldía N° 002-2017-MDL de fecha 02 de febrero de 2017, así como toda disposición municipal que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.– FACULTAR, al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía efectúe las modi fi caciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del reglamento que se indica en el artículo primero. Artículo Quinto.– ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza y su Reglamento, en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde REGLAMENTO INTERNO DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURÍN DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO Artículo 1°.- El presente Reglamento es un instrumento legal que establece los lineamientos y procedimientos técnicos aplicables a la administración del “Cementerio Municipal de Lurín”, en concordancia con la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 26298 - Ley de Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 03-94-SA y demás disposiciones vigentes. Artículo 2°.- La Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental tiene a su cargo el “Cementerio Municipal de Lurín”, el cual se encuentra ubicado en Av. Cementerio s/n distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima y tiene por responsabilidad la adopción de medidas pertinentes para el buen funcionamiento y óptimo desarrollo de su funcionamiento y prestación de servicios; conforme a lo dispuesto en el numeral 5) del artículo 118° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Lurín, aprobado mediante Ordenanza N° 427-2021/ML. Artículo 3°.- El objetivo del presente Reglamento, es establecer los lineamientos de administración, funciones, procedimientos y prohibiciones a tomar en cuenta por una mejor y e fi caz prestación de servicios en el Cementerio Municipal de Lurín. Artículo 4°.- El presente Reglamento tiene como base normativa los siguientes dispositivos legales: 4.1. Constitución Política del Perú. 4.2. Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.4.3. Ordenanza N° 427-2021/ML que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Lurín. 4.4. Ley N° 26298 – Ley de Cementerios y Servicios Funerarios. 4.5. Ley N° 30868 – Ley que modi fi ca la Ley N° 26298. 4.6. Decreto Supremo N° 03-94-SA – Aprueban el Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios. 4.7. Decreto Supremo N° 026-2021-SA que modi fi ca los artículos 15°, 16°, 38°, y 39° del Reglamento de la Ley N° 26298. 4.8. Decreto Supremo N° 031-2021-SA que modi fi ca los artículos 3°, 9°, 10°, 11°, 49°, 52°, 55° y 61° del Reglamento de la Ley N° 26298. 4.9. Decreto Legislativo N° 1503 que modi fi ca la Ley General de Salud y la Ley N° 26298. 4.10. TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. 4.11. Ley N° 26842 - Ley General de Salud.4.12. Resolución Ministerial N° 100-2020-MINSA.4.13. Directiva Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/ MINSA. Artículo 5°.- Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, se entiende por: 5.1. CEMENTERIO: Lugar destinado a la inhumación de los cadáveres de las personas humanas y/o a la conservación de sus restos (huesos) y si fuere el caso, de sus cenizas provenientes de sus incineraciones. 5.2. INHUMACIÓN: Acción de enterrar un cadáver humano en nicho o bóveda, debajo de la línea o nivel de tierra o encima de ella, en edi fi cación individual o en pabellón. 5.3. EXHUMACIÓN: Acción de desenterrar un cadáver humano. 5.4. SEPULTURA: Cavidad excavada en la tierra, construcción u otro lugar en que se entierra uno o varios cadáveres. 5.5. TRASLADO DE CADÁVER: Acción de exhumación de los restos de un cadáver humano para ser trasladado dentro o fuera del cementerio que se realiza previo trámite administrativo con las autorizaciones correspondientes de la Autoridad de Salud y de la Municipalidad de Lurín. Artículo 6°.- El Cementerio Municipal de Lurín está situado en Av. Cementerio s/n distrito de Lurín, cuenta con un área de 21,160.13 m2, así como se describe de la siguiente manera: 6.1. Linderos y Medidas Perimétricas:a) Por el frente: Con la Av. Cementerio en tres tramos: Primer tramo: AB en línea recta de 108.82 ml y un ángulo de 87°, 38´45” en el vértice A. Segundo tramo: BC en línea recta de 20.56ml y un ángulo de 130° 33´45” en el vértice B. Tercer tramo: CD en línea recta de 42.13 ml y un ángulo de 216° 32´33” en el vértice C. b) Por la derecha: Con parcelas en tres tramos:Primer tramo: FG en línea recta de 71.96ml y un ángulo de 97´56´23” en el vértice F.