Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 159

159 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. Conforme a lo expuesto en el o fi cio Nº 16590-2023-MP- FN-FSNCEDCF, cursado por la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, se informa que el abogado Luis David Sotomayor Huaytalla, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ayacucho, presenta de fi ciencias en el ejercicio de las investigaciones fi scales a su cargo, así como retrasos en la carga laboral asignada, lo cual no se encuentra alineado a los objetivos estratégicos de la policía institucional. Dicha información encuentra sustento en los documentos adjuntos que sirvieron de base para la emisión del o fi cio citado. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, estando a lo expuesto en el párrafo precedente, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, dando por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza señalada; asimismo, previa veri fi cación de los requisitos de ley, disponer el nombramiento y designación del fi scal que ocupe provisionalmente la plaza fi scal a generarse, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis David Sotomayor Huaytalla, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ayacucho, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4570-2017-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2017, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Jenny Lizeth Medina Huamán, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ayacucho Artículo Tercero .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2240089-1 Dejan sin efecto los artículos segundo, cuarto y séptimo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3286-2023-MP-FN, y nombran Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3333-2023-MP-FN Lima, 29 de noviembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El escrito de fecha 27 de noviembre de 2023, cursado por el abogado José Miguel Cuya Berrocal, mediante el cual declina a su nombramiento como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3286-2023-MP-FN, de fecha 25 de noviembre de 2023, por motivos personales. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dejar sin efecto los artículos segundo, cuarto y séptimo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3286-2023-MP-FN, de fecha 25 de noviembre de 2023, que dispuso dar por concluido el nombramiento del abogado José Miguel Cuya Berrocal, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como la prórroga de sus vigencias, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1659 y 2474-2023-MP-FN, de fechas 06 de julio y 29 de septiembre de 2023, respectivamente; y, nombrar al citado abogado como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, con retención de su cargo de carrera, disponiéndose que dicho nombramiento y designación señalados tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de