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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 173

173 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza N° 604-MDA, del 31 de agosto de 2023, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 15 de setiembre del 2023, se dispuso establecer bene fi cios tributarios en el Distrito de Ate-“Bene fi cio ActualízATE, estableciéndose como plazo de vigencia hasta el 30 de noviembre de 2023; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la mencionada Ordenanza, así como establecer prórrogas de la vigencia de la misma; Que, mediante Memorándum N° 1058-2023/MDA- GAT, la Gerencia de Administración Tributaria en atención al Informe N° 215-2023/MDA-GAT-SGFT de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y conforme a las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N° 491-MDA y estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza N° 604-MDA, Ordenanza que aprueba la campaña de regularización y actualización tributaria en el Distrito de Ate-“Bene fi cio ActualízATE”, propone prorrogar la vigencia de la referida Ordenanza, con la fi nalidad que los vecinos del Distrito de Ate puedan acogerse a los bene fi cios tributarios y puedan regularizar su declaración jurada de inscripción y/o recti fi cación, y realizar el pago de sus obligaciones tributarias pendientes con la Municipalidad Distrital de Ate, hasta el 29 de diciembre de 2023; por lo que, solicita a la Subgerencia de Modernización Institucional emitir opinión técnica respecto a lo antes citado; Que, mediante Informe N° 247-2023-MDA/GPE-SGMI, la Subgerencia de Modernización Institucional brinda opinión técnica favorable y considera viable aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 604-MDA, hasta el 30 de diciembre de 2023, documento visado por el Gerente de Plani fi cación Estratégica en señal de conformidad; Que, mediante Informe Nº 0469-2023-MDA/ GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica en base a las consideraciones antes expuestas, emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada por la Gerencia de Administración Tributaria, por intermedio de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, ya que sustenta la necesidad de extender los bene fi cios tributarios otorgados por la Ordenanza N° 604-MDA, hasta el 30 de diciembre de 2023, resultando viable continuar con el trámite respectivo para su aprobación mediante la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorándum Nº 2318-2023-MDA/ GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía de acuerdo a los documentos adjuntos y conforme a Ley; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre de 2023 la vigencia de la Ordenanza N° 604-MDA, , Ordenanza que aprueba la campaña de regularización y actualización tributaria en el Distrito de Ate-“Bene fi cio ActualízATE”; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal; asimismo, a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su respectiva difusión y publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), y a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”.Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCO VIDAL MORALES Alcalde 2239224-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Declaran responsable de entregar información de acceso público de la Municipalidad Distrital de Barranco RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 340-2023-MDB Barranco, 17 de noviembre de 2023LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; CONSIDERANDO:Que, el artículo 6º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”, asimismo, respecto de las atribuciones del Alcalde, el numeral 6 del artículo 20° de la citada Ley, establece el de “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; Que, el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, establece que: “Toda persona tiene derecho: (…) A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.”; Que, el artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, establece que: “La presente Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.”; Que, el literal b) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establece que: “Las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, son las siguientes: (…) Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia.”; asimismo, el segundo párrafo del artículo 4° establece que: “La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano (…).”; Que, el numeral 12) del artículo 43° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Barranco aprobado mediante Ordenanza N° 525-2019-MDB, regula que: “Corresponde a la Secretaria General las siguientes funciones: (…) Atender las solicitudes y emitir las comunicaciones correspondientes en coordinación con la unidad orgánica competente, en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.”; Que, en el primer artículo resolutivo de la Resolución de Alcaldía Nº 086-2023-MDB-ALC de fecha 14 de marzo de 2023, se resolvió: “DECLARESE como RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO, al Secretario General de la Municipalidad