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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 165

165 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / Que la Ley Nº 29337, ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, que declara estrategia prioritaria del Estado la ejecución de iniciativas de apoyo a la competitividad de cadenas productivas, mediante el desarrollo, adaptación, mejora o transferencia de tecnología; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, se aprueba la prueba la Política Nacional Agraria, norma que establece los lineamientos estratégicos de desarrollo institucional para el fortalecimiento de la articulación interinstitucional, intersectorial e intra sectorial para mejorar el impacto de las intervenciones; Que, la Ley Nº 28846, “Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas y Conglomerados”, tiene por objeto establecer el marco institucional y normativo para el fortalecimiento y desarrollo de las cadenas productivas y de los conglomerados, promoviendo el diálogo, la cooperación y la organización empresarial entre los actores económicos y las Instituciones públicas, privadas y académicas, en bene fi cio de la competitividad. El ámbito de aplicación de la Ley alcanza a todas las fases productivas, comerciales y de servicios, en que intervienen las cadenas productivas y los conglomerados; Que, en el Plan Estratégico Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Resolución Ejecutiva Regional N° D308-2023.GR.CA/GR, se fi jan los Objetivos y lineamentos de política de la gestión 2023-2026 de este GORE en los que, entre otros a fi nes, se determina: Objetivo Estratégico 01: Incrementar el crecimiento económico inclusivo, competitivo y sustentable, con diversi fi cación productiva del departamento de Cajamarca: Lineamiento 1.2. Fortalecer la articulación interinstitucional entre los actores en el territorio; Objetivo Estratégico 03. Incrementar la competitividad agraria en las cadenas productivas priorizadas y la productividad en la agricultura familiar en el departamento de Cajamarca; Lineamiento 3.2. Promover la competitividad y fortalecer las cadenas de valor y su integración a los mercados local, nacional e internacional y Lineamiento 3.3. Promover una intervención integral de las cadenas de valor con enfoque territorial; Que, mediante Ordenanza Regional N° D9-2022-GR. CAJ/GR de fecha 02 de noviembre del 2022 se crea la Agencia Regional de Desarrollo de Cajamarca (ARD), la misma que formula el estudio de las Estrategia de Desarrollo en innovación Regional (EDIR) para la región Cajamarca, por las cuales se priorizan doce cadenas productivas consideradas como potenciales para la generación de dinámicas económicos en el territorio, entre ellas, la cadena productiva del cacao; Que, mediante O fi cio N° D8-2023-GR.CAJ-GRDE- SGPE/UALA, de fecha 09 de mayo de 2023, se emite el Informe Técnico que justi fi ca la emisión de la Ordenanza Regional que reconozca a la Mesa Técnica Regional de la cadena de valor del Cacao & Chocolate en la región Cajamarca como un espacio de gobernanza de esta cadena de valor, constituida con el objeto de promover el desarrollo de la cadena de valor del cacao y sus sub productos, así como de coordinar, evaluar, proponer, priorizar y promover políticas y acciones vinculadas a la gestión integral de esta cadena de valor en el territorio del departamento de Cajamarca; Que, mediante O fi cio N° D181-2023-GR.CAJ-GRDE/ SGPE, de fecha 09 de mayo de 2023, el Sub Gerente de Promoción Empresarial del Gobierno Regional de Cajamarca, otorga conformidad al Informe Técnico para la emisión de la Ordenanza Regional de reconocimiento de la Mesa Técnica Regional del Cacao & Chocolate de la Región Cajamarca, remitiéndolo a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Que, mediante Informe Legal N° D25-2023-GR. CAJ-DRAJ/GRHM, de fecha 01 de agosto de 2023, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica concluye que: “Estando a lo expuesto precedentemente, el suscrito opina favorablemente porque procede la emisión de ordenanza regional que reconozca a la Mesa Técnica de la Cadena de Valor del Cacao & Chocolate en la región Cajamarca como como una organización constituida con el objeto de coordinar, concertar, gestionar, evaluar, proponer, priorizar y promover políticas y acciones vinculadas a la gestión integral y gobernanza de esta cadena de valor en el territorio del departamento de Cajamarca”; Que, las Comisiones Ordinarias de Desarrollo Económico y Asuntos Jurídicos del Consejo Regional, con fecha 19 de octubre de 2023, emiten el Dictamen N° D17-2023-GR.CAJ/COAJ, recomendando aprobar la propuesta normativa de Ordenanza Regional por la que se Reconoce a la Mesa Técnica Regional del Cacao & Chocolate como un Espacio de Gobernanza de esta Cadena de Valor en el Territorio del Departamento de Cajamarca; Que, el Pleno del Consejo Regional de Cajamarca, en mérito a sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cajamarca aprobado por la Ordenanza Regional N° 07-2016-GR.CAJ-CR; con el voto unánime y con dispensa de trámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL POR LA QUE SE RECONOCE A LA MESA TÉCNICA REGIONAL DE LA CADENA DE VALOR DEL CACAO & CHOCOLATE EN LA REGIÓN CAJAMARCA COMO UN ESPACIO DE GOBERNANZA Y DE GESTION PARA EL DESARROLLO DE ESTA CADENA DE VALOR EN EL TERRITORIO DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA. Artículo Primero.- RECONOCER, a la Mesa Técnica Regional del Cacao & Chocolate como un espacio de gobernanza y de gestión para el desarrollo de esta cadena de valor en el territorio del departamento de Cajamarca, constituida por actores de la cuádruple elipse que interactúan en los diversos eslabones de esta cadena. Artículo Segundo.- PRECISAR, que la Mesa Técnica Regional del Cacao & Chocolate será un organismo de articulación, coordinación, concertación y de gestión que contará con autonomía jurídica y administrativa y como tal podrá aprobar sus instrumentos de gestión que norme su régimen organizacional e institucional y elegir libremente sus directivos en concordancia con sus propias normativas. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Cajamarca actúe como instancia de apoyo y de asesoramiento de la mesa técnica a fi n de promover su fortalecimiento y sostenibilidad, Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca (www. regioncajamarca.gob.pe/portal/ws/5). Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno de Cajamarca para su promulgación En Cajamarca, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. RICARDO ULISES QUISPE SALAZAR Consejero Delegado POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional. ROGER GUEVARA RODRÍGUEZ Gobernador Regional 2239580-1