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90 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad de Sullana y Tumbes, con sede en el Distrito Fiscal de Tumbes. Artículo Cuarto.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos segundo y tercero de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Piura, Sullana y Tumbes, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2228679-1 Nombran fiscales designándolos en el Despacho de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2810 -2023-MP-FN Lima, 25 de octubre de 2023VISTOS:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023 y los ofi cios Nºs 2716, 3731 y 3749-2023-MP-FN-CFSN-FPS- DHI, cursados por la coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, se resolvió, entre otros, crear la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Ayacucho, la misma que estará conformada por una (1) plaza de fi scal provincial y tres (3) plazas de fi scales adjuntos provinciales. En aras de contar con fi scalías especializadas en la investigación en materia de derechos humanos e interculturalidad y, en respuesta al requerimiento de una demanda adicional para fortalecer el nuevo subsistema especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad efectuada por el Ministerio Público mediante el o fi cio Nº 57-2023-MP-FN, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 4 de junio de 2023, el Decreto Supremo Nº 109-2023-EF, mediante el cual se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023 a favor del Ministerio Público para fi nanciar los gastos asociados a la creación de despachos fi scales de derechos humanos e interculturalidad, permitiéndose así, la creación de plazas fi scales conforme a lo señalado en la resolución de vista.El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, también modi fi cada mediante la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Con o fi cios Nºs 2716, 3731 y 3749-2023-MP-FN- CFSN-FPS-DHI, la coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad comunica la problemática del Despacho de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Ayacucho, y eleva, entre otros, las propuestas respectivas para ocupar las plazas fi scales señaladas en el primer párrafo de la parte considerativa. Asimismo, solicita se concluya el avocamiento exclusivo al “Caso Cabitos: años 1983 y 1992” conforme fue dispuesto, en su oportunidad, en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 078-2023-MP-FN, de fecha 12 de enero de 2023, proponiendo que la carga procesal correspondiente a los casos relacionados al Cuartel Los Cabitos: años 1983 y 1992, sean de conocimiento del Despacho de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Ayacucho. Por Resolución de Coordinación Nº 000107-2023-MP- FN-CFSN-FPS-DHI, de fecha 14 de agosto de 2023, se deja sin efecto la Resolución de Coordinación Nº 000028-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, de fecha 25 de enero de 2023, la cual dispuso la continuidad del Equipo Especial Fiscal “Caso Cabitos: años 1983 y 1992”, en vía de regularización, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente los cargos de fi scal provincial y fi scales adjuntos provinciales, mencionados en el primer párrafo de la parte considerativa, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la encargatura del Despacho de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad