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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (26/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdicción, respectivamente; Que, el literal a.1) del inciso a) del artículo 100° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ancash aprobado por la Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR, establece que la Dirección Regional de Producción – DIREPRO, tiene dentro de sus funciones en materia de pesquería, formular, ejecutar, evaluar, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola en el ámbito del Gobierno Regional de Áncash; Que, en esa línea, el artículo 77° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, señala que constituyen infracciones toda acción y omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en la citada Ley, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE o de las disposiciones sobre la materia; asimismo, el artículo 78° de la referida Ley establece que las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la presente Ley, y en todas las disposiciones reglamentarias sobre la materia, se harán acreedoras, según la gravedad de la falta a una o más de las sanciones, entre otras, a la sanción de la multa correspondiente; Que, el numeral 138.3 del artículo 138° del Reglamento del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE, modi fi cado por Decreto Supremo N° 005-2008-PRODUCE, dispone que: “El Ministerio de la Producción o el Gobierno Regional, dentro del ámbito de sus competencias, podrán aprobar facilidades para el pago y descuentos de las multas, así como reducción de días efectivos de suspensión de los derechos administrativos, que se hubieran impuesto por infracciones en que se hubiese incurrido, incluyendo multas que estén en cobranza coactiva”; Que, mediante el OFICIO N° 00000042-2022-PRODUCE/DGSFS-PA, de fecha 25 de febrero de 2022, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción, requiere a la Dirección Regional de la Producción de Ancash – DIREPRO, el otorgamiento de bene fi cios para el pago de multas formuladas por diversos gremios pesqueros; Que, con el Decreto Supremo N° 007-2022-PRODUCE, se establece un régimen excepcional y temporal para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura; asimismo, es de aplicación a las personas naturales y jurídicas que cuenten con sanciones de multa impuestas por el Ministerio de la Producción, por la comisión de infracciones a la normatividad pesquera y acuícola, que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos señalados del artículo 2° del referido decreto supremo; Que, a través del O fi cio N° 1238-2022-GRA/GRDE/ DIREPRO/CRS-ST.110, de fecha 02 de junio de 2022, la Dirección Regional de la Producción Ancash, traslada a la Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ancash, las diferentes solicitudes a fi n de proceder a su análisis y evaluación en la aprobación de un dispositivo legal regional que atienda las peticiones administrativas de los diferentes gremios de pescadores artesanales de nuestra Región Ancash; Que, mediante el Informe Legal N° 145-2022-GRA- GRDE-DIREPRO/AL-IPSA de fecha 14 de noviembre de 2022, la Asesora Legal de la Dirección Regional de Producción – DIREPRO, concluye que el Gobierno Regional de Ancash tiene competencia para aprobar un cuerpo normativo que apruebe un régimen similar al Decreto Supremo N° 007-2022-PRODUCE, que estableció un régimen excepcional y temporal del bene fi cio y reducción de pago de multas administrativas de Pesca y Acuicultura Artesanal en el departamento de Ancash, así como, recomienda elevar el presente y anexos al Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash para su conocimiento y trámite; Que, mediante INFORME N° 004-2022-GRA-GRDE- DIREPRO/ST-CRS/BAJ, de fecha 11 de octubre de 2022, la Comisión Regional de Sanciones - DIREPRO, emite el INFORME TÉCNICO requerido, para la aprobación de norma regional excepcional y temporal de bene fi cio de reducción para el pago de multas administrativas Que, a través del INFORME LEGAL N° 030-2023- GRA/GRAJ, de fecha 27 de enero de 2023 y el INFORME LEGAL N° 245-2023-GRA/GRAJ, de fecha 23 de mayo de 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, opina que: “Resulta VIABLE la elevación al Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, para el tratamiento y subsiguiente aprobación del proyecto de ordenanza regional que aprueba el OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO EXCEPCIONAL Y TEMPORAL POR EL PLAZO DE NOVENTA DÍAS HÁBILES PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS IMPUESTAS POR LA COMISIÓN REGIONAL DE SANCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN – ANCASH, por la comisión de infracciones a la normatividad pesquera vigente.”; Que, mediante O fi cio N° 1163-2023-GRA-GRDE/ DIREPRO, de fecha 23 de junio de 2023, la Dirección Regional de Producción – Chimbote, propone la aprobación de un cuerpo normativo regional que otorgue bene fi cio excepcional y temporal, para el pago de multas administrativas impuestas por la Comisión Regional de Sanciones de dicha dependencia regional, la que debe adecuarse a la jurisprudencia administrativa del Decreto Supremo N° 007-2022-PRODUCE, por infracciones a la normativa pesquera vigente. Acompaña a su requerimiento la siguiente documentación: El Informe Legal N° 019-2023-GRA/GRDE-DIREPRO/AL/MLHE, de fecha 20 de junio de 2023, el Informe N° 017-2023-GRA/GRDE-DIREPRO/DIPES/ASECOVI, de fecha 26 de mayo de 2023 y el Informe N° 022-2023-GRA/GRDE/DIREPRO/ST-CRS/Baguilar, de fecha 09 de junio de 2023; Que, mediante INFORME N° 049-2023-GRA/GGR, de fecha 08 de agosto de 2023, la Gerencia General Regional de esta Entidad, concluye en: “4.1. El Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el régimen excepcional y temporal de bene fi cio y reducción de pagos de multas administrativas de la pesca y acuicultura de la región Ancash adecuada al Decreto Supremo N° 007-2022-PRODUCE, es Viable Técnica y Jurídicamente, por cuanto no se transgrede normas de orden público y se encuentra dentro del marco legal establecido en el ordenamiento jurídico nacional. 4.2. Derivar los actuados a Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, para que se sirva analizar y considerar la aprobación de la Ordenanza Regional que aprueba el régimen excepcional y temporal de bene fi cio y reducción de pagos de multas administrativas de la pesca y acuicultura de la región Ancash”; Que, a través del O fi cio N° 235-2023-GRA/GR, de fecha 15 de agosto de 2023, el Gobernador Regional de Ancash, solicita al Consejo Regional de Ancash, la aprobación del proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Régimen Excepcional y Temporal de Bene fi cio y Reducción de Pagos de Multas Administrativas de la Pesca y Acuicultura de la Región Ancash. El referido documento fue trasladado por el Consejero Delegado a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante O fi cio N° 945-2023-GRA-CR/CD, de fecha 22 de agosto de 2023, para la emisión del informe o dictamen según corresponda; Que, en ese marco, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ancash conforme a sus legales atribuciones, ha emitido el DICTAMEN Nº 04-2023-GRA-CR/CO-PPAT, de fecha 25 de setiembre de 2023, en el que entre sus conclusiones señalan: “(…) 4.9. Del análisis del contenido de la documentación puesta a conocimiento de la Comisión, sus miembros integrantes consideran que resulta PROCEDENTE que se apruebe el proyecto recti fi cado de Ordenanza Regional que Aprueba el régimen excepcional y temporal de bene fi cio de reducción de pago de multas administrativas de pesca y acuicultura artesanal en la Región Ancash; (…)”; asimismo, por unanimidad recomiendan al Pleno de Consejo Regional de Ancash APROBAR la ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DE BENEFICIO DE REDUCCIÓN DE PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS DE PESCA Y ACUICULTURA