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93 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / Con o fi cio Nº 2877-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, la abogada Marena Mendoza Sánchez, en su condición de Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, eleva las propuestas respectivas para ocupar las plazas fi scales señaladas en el primer párrafo de la parte considerativa. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente los cargos de Fiscal Provincial y Fiscales Adjuntos Provinciales mencionados en el primer párrafo de la parte considerativa, teniendo en cuenta para ello la propuesta contenida en el documento señalado en el párrafo precedente, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Edward Elías Tapia Cuadros, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Materia Ambiental de Apurímac, Distrito Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Apurímac, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1734-2018-MP-FN, de fecha 30 de mayo de 2018. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Edward Elías Tapia Cuadros, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Apurímac, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Jhosely Flor Cruz Loaiza, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Apurímac. Artículo Cuarto.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos segundo y tercero de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2228687-1REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Modifican la R.J. N° 000042-2023/JNAC/ RENIEC a fin de delegar atribuciones en materia de Contabilidad a la Secretaría General RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000173-2023/JNAC/RENIEC Lima, 24 de octubre de 2023VISTOS:La Hoja de Elevación Nº 000220-2023/OAF/ RENIEC (19OCT2023) de la O fi cina de Administración y Finanzas, el Informe N° 000155-2023/OAF/UCO/RENIEC (18OCT2023) de la Unidad de Contabilidad de la O fi cina de Administración y Finanzas; y, el Informe N° 001306-2023/OAJ/RENIEC (24OCT2023) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal q) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000086- 2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria, el Jefe Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) cuenta, entre sus atribuciones, con la facultad de delegar en el Secretario General, Gerente General, Directores, Sub Directores, Jefes de O fi cina y Jefes de Unidad, las facultades y atribuciones que le asigne la Ley y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y que no sean privativas de sus funciones como Titular del Pliego; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000042-2023/ JNAC/RENIEC (17FEB2023), modi fi cada por Resolución Jefatural N° 000152-2023/JNAC/RENIEC (14SET2023) se efectuó la delegación de facultades en diversos funcionarios del RENIEC, entre ellos, el/la Secretario/a General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, de conformidad con el sub numeral 1 del numeral 8.1 del artículo 8 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF, “El titular de la entidad del Sector Público, los jefes de las O fi cinas Generales de Administración, los jefes de las O fi cinas de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, están obligados, según corresponda, a: 1. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo y las disposiciones emitidas por la Dirección General de Contabilidad Pública.”; Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF-51.01 de la Dirección General de Contabilidad Pública, se aprueba la Directiva Nº 003-2021-EF-51.01 “Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”, así como el “Instructivo para la Declaración del Inicio y Conformación de las Comisiones de Depuración y Sinceramiento Contable para las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”, cuyo objeto es establecer los lineamientos administrativos para la depuración y sinceramiento contable de las entidades del Sector Público y otras formas organizativas no fi nancieras que administren recursos públicos, que permitan un buen punto de partida