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107 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2023 El Peruano / Estando al Dictamen N°03-2023- CGTDEPUOPCHUEGRD/MDC de fecha 11 de octubre de 2023, de la Comisión Ordinaria de Regidores de Gestión Territorial, Desarrollo Económico, Planeamiento Urbano, Obras Privadas, Catastro, Habilitaciones Urbanas, Edifi caciones y Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Comas, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el voto por MAYORIA de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: “ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACIÓN DE PLANOS DE TRAZADO Y LOTIZACIÓN PARA VIABILIZAR LA DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS A POSESIONES INFORMALES UBICADAS EN EL DISTRITO DE COMAS” TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I Artículo Primero .- OBJETIVOS . La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el procedimiento administrativo para la visación de planos de trazado y lotización para viabilizar la dotación de servicios básicos de las posesiones informales ubicadas y debidamente reconocidos en el distrito de Comas, y que a la fecha de emisión de la presente Ordenanza carecieran al acceso a dichos servicios en el marco de la Ley N° 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. Artículo Segundo .- BASE LEGAL. La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes normas legales: a. Constitución Política del Perú. b. Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias. c. Ley Nº28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. d. Ley N°29664, por la cual se aprueba el Reglamento de la Ley N°29664, denominado el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. (SINAGERD). e. Ley N°31056, Ley que amplía los Plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la Formalización. f. Decreto Supremo N°002-2021-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley N°31056. g. Ley N°30588, Ley de Reforma Constitucional que reconoce el derecho de acceso al agua como derecho constitucional, con la cual se incorpora el artículo 7-A, a la Constitución Política del Perú. h. Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Tercero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Están comprendidos en la presente Ordenanza las posesiones informales debidamente reconocidas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Comas que se hubiesen constituido sobre terrenos de dominio privado del Estado, hasta el 31 de diciembre de 2015 en concordancia con la Ley N°31056 Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización. Compréndase en el ámbito de la propiedad estatal a la propiedad fi scal, municipal o cualquier otra denominación que pudiera dársele a la propiedad del Estado, incluyéndose aquellos que hayan sido afectados en uso a otras entidades, que a la fecha hayan perdido la condición del uso para el cual fueron destinados y se encuentran consolidadas con el uso de vivienda. Artículo Cuarto.- CONDICIONES PARA ACOGERSE A LA PRESENTE ORDENANZA Para la visación de planos de trazado y lotización, las organizaciones sociales deberán cumplir las siguientes condiciones especí fi cas: a. El nivel de consolidación con posesión efectiva debe ser igual o mayor al 90% del total de los lotes que conforman la organización social, de acuerdo al plano de trazado y lotización y del plano catastral presentado. b. La antigüedad de la posesión de las organizaciones sociales estará determinada por la antigüedad de posesión de sus integrantes, mas no por la fecha de constitución de la organización social que los agrupa y/o representa, lo que será demostrado con documentos de fecha cierta, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 3 de la presente Ordenanza; considérese que la documentación presentada debe estar referida al área total en solicitud. Asimismo, el área total en solicitud, por las organizaciones sociales, no debe encontrarse en: a. Zonas de alto riesgo no mitigable declaradas mediante la Resolución Ministerial N° 061-2018-VIVIENDA, así como las determinadas mediante informe de Evaluación de Riesgo (EVAR) en concordancia con los lineamientos técnicos del proceso de Estimación del Riesgo de Desastres. b. Áreas destinadas para equipamiento urbano de salud, educación y recreación pública. c. Áreas de pendiente pronunciada (laderas de cerro) califi cadas como Zona de Protección y Tratamiento Paisajista (PTP). d. Zonas arqueológicas o que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación cali fi cadas por el Ministerio de Cultura. e. Áreas identi fi cadas como Áreas Naturales Protegidas (ANP) por el Ministerio del Ambiente. f. Áreas destinadas a vías públicas o áreas de uso público, así como en las áreas comprendidas en la faja marginal del rio Chillón o zonas inundables. g. Derecho de vía, de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras, poblaciones que se encuentren ocupando vías metropolitanas consideradas en la Ordenanza N°341-MML y vías locales que cuenten con saneamiento a través de COFOPRI o Habilitaciones Urbanas aprobadas. h. Áreas naturales protegidas: zonas catalogadas como Ecosistema Frágil de Lomas Costeras aprobados con Resolución del Ministerio de Agricultura y Riego. i. Se encuentren dentro de las distancias mínimas a redes eléctricas e instalaciones indicadas en la Ley N° 25844 – Ley de Concesiones eléctricas. Artículo Quinto.- DEFINICIONES:1. Posesionario.- Es la persona natural, que ocupa un predio o lote de terreno de forma pública y pací fi ca, siendo que tal predio o lote no cuenta con los servicios básicos de luz, agua y desagüe. 2. Municipalidad .- La Municipalidad Distrital de Comas. 3. Administrado .- Toda persona natural que formula la solicitud. 4. Plano de Ubicación. – Representación grá fi ca en papel, a escala adecuada que muestra el entorno de una determinada zona. 5. Plano Perimétrico. – Representación grá fi ca en papel, a escala adecuada que muestra los linderos, ángulos, medidas y coordenadas de una determinada asociación. 6. Plano de trazado y lotización.- Representación gráfi ca en papel, a escala adecuada que muestra los lotes, manzanas y sección de vía de una determinada asociación. 7. Memoria descriptiva. - documento técnico en la que se describe la información de ubicación, perímetro, lotización y vías de una determinada asociación. 8. Visación de planos.- Validación de planos referenciales de Vías y Trazado, exclusiva para Servicios Básicos, otorgada por la Municipalidad Distrital de Comas, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza.