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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (28/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / la asistencia técnica-metodológica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y requiere la contribución de las unidades de línea de las entidades participantes y de los órganos de planeamiento, según corresponda; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2017-VIVIENDA, se aprueba la Política Nacional de Saneamiento, que tiene como objetivo principal alcanzar el acceso universal, sostenible y de calidad a los servicios de saneamiento; Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, precisando que, para otras funciones distintas a las precitadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, conforme a los numerales 28.1 y 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, los grupos de trabajo sectoriales y multisectoriales son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen y se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su período de vigencia; Que, de acuerdo con el artículo 81 y el literal a) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento es el órgano de línea de este Ministerio, responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de construcción y saneamiento, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno, de conformidad con la normatividad vigente; Que, mediante la Nota N° 285-2023-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, que contiene el Informe Técnico Legal N° 001-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustenta y propone la formalización del inicio del proceso de actualización de la Política Nacional Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038 y la creación de un grupo de trabajo multisectorial denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de actualizar la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038” (en adelante, Grupo de Trabajo Multisectorial), con el objeto de evaluar la Política Nacional de Saneamiento actualmente vigente y su actualización a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los referidos Lineamientos de Organización del Estado, se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas representadas en el Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, con el Memorando N° 1784-2023-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 292-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable a la propuesta formulada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; Que, a través del Informe N° 917-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que formaliza el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038 y la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, propuesta por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010- 2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modi fi catorias; en el Decreto Supremo N° 029-2018- PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales y modi fi catorias; en la Guía de Políticas Nacionales, actualizada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0030-2023/CEPLAN/PCD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalización del inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038 Formalizar el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038. Artículo 2.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de actualizar la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038” (en adelante, Grupo de Trabajo Multisectorial), con el objeto de evaluar la Política Nacional de Saneamiento actualmente vigente y su actualización a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial 3.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por: a) Un/a representante del Despacho Ministerial de Vivienda, Construcción y Saneamiento. b) El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, quien lo preside. c) Un/a representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. d) Un/a representante del Ministerio de Educación.e) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. f) Un/a representante del Ministerio de Salud. g) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. h) Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas. i) Un/a representante del Ministerio del Ambiente.j) Un/a representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. k) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento. l) Un/a representante de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. m) Un/a representante del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. n) El/La Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento. o) El/La Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales. p) El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. q) El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. r) El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Rural. s) El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Agua Segura para Lima y Callao. t) El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación de Vivienda y Urbanismo.