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46 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / de lo establecido en la Ley N°31358 “Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N°31358 “Ley que establece medidas para la Expansión del Control Concurrente”, establece que, para el cumplimiento de la presente Ley, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la presente Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital (…) conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, mediante Informe N°070-2023-MIDAGRI-SSE/ DPACSELVA, la Dirección de Articulación Comercial Selva, pone a Disposición el monto de S/ 5 613.94 correspondiente al 2% del PIM 2023 del proyecto “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de apoyo al desarrollo comercial de las organizaciones de productores de café en 9 distritos de las provincias de Satipo – Departamento de Junín” identi fi cado con CUI 2551265; Que, mediante Memorando N°383-2023-MIDAGRI- SSE/GG, Gerencia General, solicita a la OPPM proseguir con los trámites correspondientes para la asignación del Control Concurrente solicitado por el Pliego 018 Contraloría General de la República y la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio a cargo del Pliego 022 Ministerio Público; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N°31638 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”, la transferencia a la que se re fi ere el párrafo precedente, se aprueba mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional la cual debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, conforme lo señalado en el artículo 35 de la Directiva N°005-2022-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria, sólo procede la incorporación de recursos monetarios cuyos montos se registran en número enteros; Que, con Informe N°089-2023-MIDAGRI-SSE/OPPM; la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, considera que es necesario aprobar mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 5 614,00 (Cinco Mil Seiscientos Catorce y 00/100 soles; en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios;Que, conforme a lo señalado en el artículo 7 del Decreto Legislativo N°1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”, y el artículo 8 de la Ley N°28890 modi fi cada por la Ley N°30495, el Presidente Ejecutivo de Sierra y Selva Exportadora es el Titular del Pliego Presupuestal, razón por la cual le corresponde aprobar mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva la transferencia de recursos a favor por el concepto de Control Concurrente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”; y con las visaciones de la Gerencia General y la O fi cinas de Planeamiento, Presupuesto y Modernización SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 018 Sierra y Selva Exportadora, hasta por la suma de S/ 5 614,00 (Cinco Mil Seiscientos Catorce y 00/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios), a favor del pliego 019: Contraloría General de la República y del pliego 022: Ministerio Público encargado de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control Del Ministerio Público, en marco de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- La transferencia autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 018: Sierra y Selva Exportadora, en la Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias y Especí fi ca del Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, según se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de Sierra y Selva Exportadora (https://www.gob.pe/sse). Regístrese, comuníquese y publíquese.PERCY EDILBERTO MEDINA MORALES Presidente Ejecutivo ANEXO TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA EL CONCEPTO DE CONTROL CONCURRENTE PLIEGO : 018 SIERRA Y SELVA EXPORTADORA FUENTE DE FTO : 1 RECURSOS ORDINARIOS N° UECódigo ÚnicoPROYECTODEL PLIEGO: A LOS PLIEGOS: 018 Sierra y Selva Exportadora019 Contraloría General de la República022 Ministerio Público 1 1257 2551265MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL DESARROLLO COMERCIAL DE LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE CAFÉ EN 9 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE SATIPO - DEPARTAMENTO DE JUNINS/ 5,614.00 S/ 2,807.00 S/ 2,807.00 Total General S/ 5,614.00 S/ 2,807.00 S/ 2,807.00 2229658-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. 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