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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (18/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 18 de abril de 2024 El Peruano / 7.9. PRELACIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE JUECES/ZAS SUPERNUMERARIOS/AS En caso de necesidad de cubrir temporalmente las plazas vacantes y/o disponibles de jueces/zas, la Presidencia de cada Corte Superior de Justicia, debe agotar las posibilidades de cubrirla en el orden de prioridad siguiente: a. Promoción de jueces/zas titulares del nivel inmediato anterior a la plaza vacante. (jueces/zas provisionales). b. Designar un/a abogado/a inscrito/a en el Registro de Jueces/zas Supernumerarios/as de la Junta Nacional de Justicia, durante el periodo que dure dicha condición c. Designar un/a abogado/a inscrito/a en el Registro Distrital de Abogados/as Aptos/as de la Corte Superior. d. Designar un/a abogado/a inscrito/a en el Registro Distrital de Abogados/as Aptos/as de otras Cortes Superiores, a nivel nacional. e. Designación excepcional de jueces/zas supernumerarios/as por autorización del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 7.10. DESIGNACIÓN DE JUEZ/A SUPERNUMERARIO/A DEL REGISTRO DISTRITAL DE ABOGADOS/AS APTOS/AS En caso de necesidad de cubrir temporalmente las plazas vacantes y/o disponibles de jueces/zas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia solicita a la Gerencia u O fi cina de Administración Distrital 5, según corresponda, la relación de abogados/as inscritos en el Registro Distrital de Abogados/as Aptos/as, indicando la especialidad y nivel que se requiera. La Gerencia u O fi cina de Administración Distrital remite la relación de abogados/as inscritos en el Registro Distrital de Abogados/as Aptos/as, según la especialidad y nivel requeridos, en estricto orden de mérito, adjuntando la fi cha de datos de los/as abogados/as comprendidos en dicha relación, bajo responsabilidad. Recibida la información de la Gerencia u O fi cina de Administración Distrital, la Presidencia de la Corte Superior, realiza el llamado respetando el orden de mérito, en caso el/la abogado/a convocado/a, no acepte, se deja constancia de ello y se procede a convocar al/a la siguiente. El/La abogado/a incluido en el Registro Distrital de Abogados Aptos/as que decline la designación como juez/a supernumerario/a, es separado de dicho registro . 7.11. DESIGNACIÓN EXTRAORDINARIA COMO JUEZ/A SUPERNUMERARIO/A En los supuestos que se requiera cubrir una plaza de juez/a por un periodo de tiempo menor de treinta (30) días, se procede directamente a la designación como juez/a supernumerario/a del personal auxiliar jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia que reúna los requisitos de ley. 8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS8.1. El Comité Distrital de Selección de Jueces/ zas Supernumerarios/as debe de veri fi car de o fi cio, mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el/la postulante. En caso de comprobar fraude o falsedad dentro de las declaraciones, información o en la documentación presentada por el/la postulante, la entidad debe considerar no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a declarar la nulidad del acto administrativo, conforme indica el Texto Único Ordenado - Ley Nº 24777, Artículo 34°. 8.2. Todo aspecto no regulado en la presente Directiva es resuelto por el Comité Distrital de Selección, con supervisión de la Sala Plena o Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia respectiva; y con conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. En caso no se pueda conformar Sala Plena Distrital, ni exista Consejo Ejecutivo Distrital, la Presidencia de Corte Superior debe realizar dicha supervisión.8.3. La Gerencia de Imagen y Comunicaciones del Poder Judicial debe priorizar la publicación de todos los aspectos referidos al proceso de selección de jueces/zas supernumerarios/as del Poder Judicial. 8.4. Los procesos de selección de jueces/zas supernumerarios/as del Poder Judicial en trámite se deben adecuar en cuanto corresponda a las disposiciones de la presente Directiva. 8.5. La Gerencia u O fi cina de Administración Distrital, según corresponda, tiene a su cargo la inducción de los/las abogados/as aptos/as designados/as como jueces/ zas supernumerarios/as. La inducción debe incluir temas como ética en la función pública; estructura organizativa del Poder Judicial y de la Corte Superior donde es designado/a; organización del despacho judicial o módulo donde presta labores; derechos y obligaciones del personal del Poder Judicial; control de asistencia; medidas disciplinarias; bienestar social; seguridad y salud en el trabajo; ecoe fi ciencia en el Poder Judicial; y, trabajo en equipo, motivación y atención al usuario. 9. DISPOSICIÓN TRANSITORIAA partir de la vigencia del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 341-2023-CE-PJ, las funciones de la O fi cina de Organización de Cuadros de Méritos y de Antigüedad son asumidas por la Subgerencia de Registros Laborales. 10. CONTROL DE CAMBIOS VersiónFecha de actualizaciónActualización Responsable/ cargo Proceso 001 25/03/2024Creación del documentoLuis Corrales Dolmos / Jefe de la O fi cina de Organización de Cuadros de Méritos y de Antigüedad Gestión de Recursos Humanos 11. ANEXOS Anexo 01: Documentos para postular al proceso de selección de jueces/zas supernumerarios/as del Poder Judicial Anexo 02: Tabla de puntaje de evaluación curricular del proceso de selección de jueces/zas supernumerarios/as del Poder Judicial ANEXO 01 DOCUMENTOS PARA POSTULAR AL PROCESO DE SELECCIÓN DE JUECES/ZAS SUPERNUMERARIOS/AS DEL PODER JUDICIAL El/La postulante debe aceptar y fi rmar las declaraciones juradas solicitadas, según el detalle de la Convocatoria y el detalle de las Bases de la convocatoria Público de Selección de Jueces/zas Supernumerarios/as, para ocupar de forma temporal los cargos vacantes de la respectiva Corte que lo convoque, indicando el nivel jerárquico y especialidad a la que postula, acompañando los documentos siguientes: 1. Currículum Vitae (sin documentar). 2. Copia legalizada del Título de Abogado/a.3. Fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o, en su caso, la dispensa respectiva. 4. Dos (2) fotografías recientes de frente, tamaño pasaporte. 5. Récord de medidas disciplinarias de la Autoridad Nacional de Control - ANC u O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control - ODANC (de ser el caso). 6. De ser el caso, fotocopia del carné del CONADIS de presentar discapacidad reconocida como tal por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con