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40 NORMAS LEGALES Domingo 4 de agosto de 2024 El Peruano / Que, mediante los Informes N° 463-2023-MTC/24.12 y N° 034-2024-MTC/24.12, N° 081-2024-MTC/24.12 y N° 259-2024-MTC/24.12 la Dirección de Fiscalización y Sanción propone y sustenta la aprobación de la “Directiva que regula la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar la comisión de la infracción tipi fi cada en el numeral 1 del Artículo 176 del Texto Único Ordenado del Código Tributario”, referida a la no presentación de las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria, dentro de los plazos establecidos en el Artículo 239 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; en la medida que promoverá la presentación de las declaraciones juradas al Aporte al FITEL y de este modo el pago del tributo, así como favorecer la formalización de las empresas aumentando así la base tributaria; Que, con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Legal, es necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba la “Directiva que regula la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar la comisión de la infracción tipifi cada en el numeral 1 del Artículo 176 del Texto Único Ordenado del Código Tributario”, por el plazo de quince (15) días hábiles, a fi n de recibir los comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, que aprueba la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL con personería jurídica en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la creación del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; el Texto Actualizado de la Directiva N° 006-2022-MTC/24 “Lineamientos para la gestión de los documentos normativos del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL”, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 018- 2023-MTC/24; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones- PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba la “Directiva que regula la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar la comisión de la infracción tipi fi cada en el numeral 1 del Artículo 176 del Texto Único Ordenado del Código Tributario”, en la sede digital del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL (www.gob.pe/pronatel), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el objeto de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Disponer que las observaciones, comentarios y/o aportes deben ser remitidas a la sede del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL con atención a la Dirección de Fiscalización y Sanción, ubicada en Av. Paseo de la República N° 1645, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima o a la dirección electrónica mesadepartes@pronatel.gob.pe. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Fiscalización y Sanción a recibir, procesar y sistematizar las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se presenten, respecto al proyecto de Directiva, a que se re fi ere el Artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese LENNIN FRANK QUISO CÓRDOVA Director EjecutivoPRONATEL 2312450-1 975 479 164 • Directo: (01) 433 4773 suscripciones@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 oUgarte N° 873 - Lima 1)315-0400PLAN IMPRESO + DIGITAL¿DESEAS MANTENER A TU EMPRESA INFORMADA?