Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2024 El Peruano / Planeamiento y Presupuesto; y la Hoja de Elevación Nº 000669-2024-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, se crea el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, con el objetivo de generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de 18 años, en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres, personas con discapacidad, y las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico, en adelante el Programa; Que, a través de los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 009-2023-TR, se modifi ca la denominación del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” por la de Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, y se establece que, toda referencia en normas, documentos de gestión, convenios de cooperación, comunicaciones, entre otros, efectuadas al Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, realizada al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”; Que, en los literales a), b), c) y d) del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 004-2020-TR, se establece que son funciones generales del Programa: i) promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográfi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema o enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres o personas con discapacidad, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, a través del fi nanciamiento o cofi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no califi cada (MONC) con pertinencia social, cultural y lingüística; ii) brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa; iii) supervisar y monitorear la ejecución física, fi nanciera, y el bienestar del participante por proyecto de inversión y/o actividad de intervención inmediata intensiva en MONC, generadora de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, iv) implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 025- 2024-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de los 18 años en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencia o desastres, personas con discapacidad, y las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoles a cambio un incentivo económico; Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual establece como función general del Programa, la de promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográfi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, subempleo, pobreza y pobreza extrema, o enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económica y/o en situaciones de emergencia o desastres o personas con discapacidad, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia a través del fi nanciamiento o cofi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata, intensivas en mano de obra no califi cada (MONC) con pertinencia social, cultural y lingüística; Que, el literal a) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras, que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de gobiernos locales, estableciendo en el numeral 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 000037- 2024-MTPE/3/24.1, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral, precisado con la Resolución Directoral Nº 000078-2024-MTPE/3/24.1, señala, sobre la modalidad de Intervención 1 - Regular, que: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados estacionales de subempleo, desempleo y pobreza (incluye la pobreza extrema) durante el periodo de caída del ciclo económico y de la demanda laboral, mediante la generación de empleo temporal, a través de la ejecución de proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no califi cada (MONC), en el ámbito de la Focalización Geográfi ca aplicable al Programa. Bajo esta modalidad, el Programa podrá fi nanciar y/o cofi nanciar proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal o la asignación de recursos adicionales; asimismo, las disposiciones específi cas, ámbito de intervención, y otros, de corresponder, serán establecidos en los documentos técnico - normativos que apruebe el Programa”; Que, con Resolución Directoral Nº 000102-2024- MTPE/3/24.1, se aprueba el “Ámbito de la Focalización Geográfi ca aplicable al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de acuerdo a los criterios de focalización aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 067-2024-TR; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000241- 2024-MTPE/3/24.1, se aprueba la Directiva Nº 015- 2024-MTPE/3/24.1, denominada “Directiva que regula el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en los distritos priorizados del ámbito de la focalización geográfi ca aplicable al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en el marco de la Ley Nº 32103 - Grupo Nº 03 y PIA 2024”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000266-2024- MTPE/3/24.1, se aprueba el “Listado de Actividades de Intervención Inmediata (AII-82), en los distritos priorizados del ámbito de la focalización geográfi ca aplicable al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en el marco de la Ley Nº 32103 Grupo Nº 03 y PIA 2024”, del cual forman parte, ciento un (101) actividades de intervención inmediata, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/16 837 597,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), que podrían generar un estimado de cinco mil ciento setenta y uno (5 171) empleos temporales; Que, mediante Ofi cio Nº 002248-2024-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/16 837 597,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito ciento un (101) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención