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20 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2024 El Peruano / 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; correspondiendo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, la suma de S/ 53 843 400,00 (CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar los hitos 2 y 4 del Contrato suscrito con Panam Sports para la Organización de los XX Juegos Panamericanos en el año 2027; Que, con los Ofi cios N° 000069-2024-GG/IPD, N° 00087-2024-GG/IPD y N° 000974-2024-P/IPD y los Informes 000509-2024-OAJ/IPD, N° 000255-2024-OAJ/IPD, N° 000241-2024-OAJ/IPD, N° 000162-2024-UPTO-OPP/IPD, N° 000093-2024-UPTO-OPP/IPD, N° 000088-2024-UPTO-OPP/IPD, N° 000084-2024-UPTO- OPP/IPD, N° 000534-2024-DINADAF/IPD y N° 000262-2024-DINADAF/IPD, el IPD sustenta y propone el Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del evento deportivo “XX Juegos Panamericanos Lima 2027”, a llevarse a cabo dentro del territorio peruano en el año 2027; Que, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través de los Informes N° 01402-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 02299-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, emite opinión favorable a la propuesta de Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización de los “XX Juegos Panamericanos Lima 2027”; Que, por su trascendencia, los “XX Juegos Panamericanos Lima 2027” permitirán no sólo la difusión de la imagen de nuestro país en el extranjero, sino que también constituye una plataforma de especial relevancia para el desempeño de nuestros deportistas de alta competencia que incentivará además el desarrollo del deporte en la juventud y la población nacional en general; Que, considerando lo expuesto, resulta necesario declarar de interés nacional la realización del evento deportivo “XX Juegos Panamericanos Lima 2027”; Que, en virtud al numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende consistente en la declaración de interés nacional que no genere efectos a terceros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Ley N° 31816, Ley de facilitación aduanera para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declarar de interés nacional la realización del evento deportivo “XX Juegos Panamericanos Lima 2027”. Artículo 2.- Participación de Entidades Todos los organismos públicos de los diversos sectores y niveles de gobierno cuyo ejercicio de competencias incida en la organización y realización del evento deportivo “XX Juegos Panamericanos Lima 2027”, COMUNICADO PROCESOS CONSTITUCIONALES Se hace de conocimiento a los entes emisores de Resoluciones de Procesos Constitucionales que todas las solicitudes de publicación se efectúan solo a tra vés de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder c on el usuario y contraseña otorgado a cada Entidad. Los archivos que se remiten a través del PGA, deben adecuarse a las exigencias de la plataforma y cumplir con el mandato legal que dispone su public ación en el Diario Ofi cial El Peruano. Si la Resolución incluye cuadros o tablas de texto, éstos deben ser editables; si incluye imágenes, formulas, gráfi cos etc, éstos deben ser legibles y en alta resolución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entida d que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES