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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2352210-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Ordenanza Regional que declara de Interés Regional la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región de Lambayeque ORDENANZA REGIONAL N° 000009-2024-GR. LAMB/CR [275260716 - 7] El Gobernador Regional del Gobierno Regional Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de septiembre del 2024, se aprobó la Ordenanza Regional que DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA REGIÓN DE LAMBAYEQUE, conforme a los informes técnicos y legales que forman parte del presente acuerdo regional. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado peruano, en su Artículo 1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fi n supremo de la sociedad y del Estado, y en su Artículo 2º inciso 1 consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar; y su inciso 24 literal b) establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia, prohíbe toda forma de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por ley, señalando que están prohibidas toda forma de esclavitud, servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. Que, la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 38 señala que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)”; en tanto que, el artículo 53 inc. c) establece como funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial: “(…) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”. Que, la Ley N°28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 61 establece que: “Los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental (…)”. Que, La Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en su artículo 6 señala como instrumentos de gestión y planifi cación ambiental: (…) f. El diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio de la Diversidad Biológica y los otros tratados en los que actúe como punto focal nacional”. Que, mediante Decreto Supremo N°013-2019- MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley N°30754, Ley Marco sobre Cambio Climático que, en su artículo 10 señala como funciones de las autoridades regionales: “1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su ERCC, de conformidad con el ENCC, las NDC y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado (…). 2) Incorporar las medidas de adaptación y mitigación de la ERCC (…) 3) Implementar medidas de adaptación y mitigación al cambio climático a nivel regional que contribuyan a la implementación de la ENCC y NDC, en coordinación con las autoridades sectoriales, de conformidad con la normativa vigente y en el marco de sus competencias”. Que, mediante Decreto Supremo N°011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y subnacionales en materia de cambio climático. Que, mediante Resolución Ministerial N°152-2021- MINAM, se aprueban los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático” y sus anexos, que orientan la formulación y actualización de las ERCC, en el marco de la implementación de la LMCC y el RLMCC. Aunado a ello, el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado con Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, de fecha 31 de diciembre de 2019, establece que: “Artículo 1. Objeto. La presente norma tiene como objeto reglamentar las disposiciones establecidas en la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, para la planifi cación, articulación, ejecución, monitoreo, evaluación, reporte y difusión de las políticas públicas para la gestión integral del cambio climático, orientadas al servicio de la ciudadanía, que buscan reducir la situación de vulnerabilidad del país frente a los efectos del cambio climático, aprovechar las oportunidades de desarrollo bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Conversión Marco de las Naciones sobre el Cambio Climático”. (la cursiva es agregada). Que, en lo que respecta al Gobierno Regional Lambayeque mediante Informe Técnico N° 000007-2024-GR.LAMB/GRPS-SDDSPCS-CAAF [515302051-0], de fecha 25 de marzo del 2024, la Sub Dirección de Desarrollo Social y Prevención de Confl ictos Sociales solicita, en atención a la normatividad vigentes antes señalada, la modifi cación de la Ordenanza Regional N° 016-2016-GR.LAMB/CR, que crea la Red Regional para la lucha contra la trata de personas y tráfi co ilícito de migrantes en la Región Lambayeque, ello con el objetivo de actualizarla a la realidad actual en que vivimos. Que, estando a las conclusiones del Informe Técnico N° 000024-2023-GR.LAMB/GRRNGA [4789915-0], de fecha 11 de octubre de 2023, donde se recomienda la conformación de Grupo Técnico sobre Cambio Climático y la Declaración de Interés la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, así como lo expedido por el Informe Legal N° 000167-2024-GR.LAMB/ORAJ [275260716-0], de fecha 15 de febrero del 2024, donde la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica opina porque es procedente la solicitud presentada por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, para dar inicio al proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático (ERCC) del Gobierno Regional de Lambayeque, con proyección al 2050, así como la designación a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, como encargado del proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático y Conformar el Equipo Técnico del Gobierno Regional, así como designar como miembros a Representantes de las Gerencias Regionales, teniendo presente que ha terminado el periodo de vigencia de la estrategia regional de cambio climático 2016-2021 de Lambayeque (ERCC 2016-2021).