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57 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2024 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS Autorizan viaje del alcalde para participar en evento a realizarse en la República de Corea ACUERDO DE CONCEJO N° 0106-2024- MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 4 de diciembre de 2024 EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHACHAPOYASVISTO: La moción de Orden del día presentada por el señor alcalde Percy Zuta Castillo en la presente sesión, el documento PNUD - 0092-2024 de fecha 19 de noviembre del 2024; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, es atribución del Concejo Municipal, Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario, conforme lo establece el Numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, con fecha 19 de noviembre el Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, en el marco de la iniciativa “Innova Tu Mercado” de PNUD Perú y la iniciativa “Alianza por la ODS” del Centro de políticas Públicas de Seúl de PNUD Corea, invitan a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas a participar en la Misión Exploratoria denominada “El Impulso de la modernización y digitalización de los negocios tradicionales en los mercados de abastos” a realizarse en la ciudad de Seúl en la República de Corea del 09 al 11 de diciembre del 2024; Que, en sesión ordinaria de Concejo de la fecha el señor Alcalde presentó la moción de Orden del Día para la autorización de viaje del alcalde Provincial de Chachapoyas, teniendo en cuenta que no genera gastos a la entidad; y, se considere el documento del visto en la estación despacho de la misma; Por lo expuesto, y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, Reglamento Interno de Concejo y a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesión Ordinaria de Concejo, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente, el Pleno del Concejo Municipal dictó el siguiente: ACUERDOArtículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del alcalde Provincial de Chachapoyas PERCY ZUTA CASTILLO para participar en la Misión Exploratoria denominada “El Impulso de la modernización y digitalización de los negocios tradicionales en los mercados de abastos” a realizarse en la ciudad de Seúl en la República de Corea del 9 al 11 de diciembre del 2024. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Ofi cina General de Administración y Finanzas los trámites administrativos para el cumplimiento de la Comisión Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente acuerdo en el diario de mayor circulación y en la página institucional www.munichachapoyas.gob.pe así como notifi car el presente a las áreas correspondientes para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PERCY ZUTA CASTILLO Alcalde 2352233-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza Municipal para la implementación de la Intervención Saberes Productivos en la Municipalidad Distrital de San Antonio ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2024- MDSA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 014-2024-CM/MDSA celebrada el 22 de julio del 2024, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria Nº 014-2024-CM-MDSA de fecha 22 de julio del 2024; Vistos: El Informe Nº 0031-2024-YCCH/SGSPS/GDES/GM/MDSA de fecha 20 de marzo del 2024, Informe Nº 059-2024-MDSA/GM/GDES/SGSPS de fecha 21 de marzo del 2024, Informe Nº 1144-2024-MDSA/GM/GDES de fecha 26 de marzo del 2024, Informe Nº 184-2024-MDSA/GM/OGA de fecha 26 de marzo del 2024, Informe Nº 0155-2024-MDSA/GM/OGPP/OPM de fecha 15 de abril del 2024, Informe Nº 760-2024-MDSA/GM/OGPP/OP de fecha 18 de abril del 2024, Informe Legal Nº 300-2024-MDSA/GM/OGAJ de fecha 19 de abril del 2024, Informe Nº 0216-2024-MDSA/A/GM de fecha 19 de abril del 2024, Carta Nº 068-2024-MDSA/A/SGDII de fecha 24 de abril del 2024, Dictamen Nº 0005-2024-CODES/CM/MDSA de fecha 08 de julio del 2024, Ofi cio Nº 003-2024-CODES/CM/MDSA de fecha 09 de julio del 2024, Acuerdo de Concejo Nº 121-2024-CM/MDSA de fecha 31 de julio del 2024, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;