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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 2.2 Elaboración y aprobación del POI de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 160-2024- EF/41 se aprueba el POI Multianual 2025-2027 del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Ley N° 32185, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, mediante Resolución Ministerial N° 391-2024- EF/41 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas; Que, corresponde realizar el proceso de consistencia del POI Anual 2025 del Ministerio de Economía y Finanzas, en relación con el PIA aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 48 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, establece, entre otros, que es competencia de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, coordinando con los órganos, organismos y empresas involucradas del Sector, de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos vigentes sobre la materia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; y, en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD, que aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Ministerio de Economía y Finanzas en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y en el Portal de Transparencia Estándar (PTE), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2355145-1EDUCACIÓN Modifican la Norma Técnica denominada “Norma que regula el procedimiento y requisitos para la contratación de auxiliares de educación en las modalidades de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 149-2024- MINEDU Lima, 18 de diciembre de 2024VISTOS, el Expediente N° DITEN2024-INT-0893852, los informes N° 02246-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, N° 02271-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y N° 02295-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 02371-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01673-2024-MINEDU/SG-OGAJ y el Ofi cio N° 00730-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que el servicio del auxiliar de educación, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, se brinda en condición de nombrado y contratado, sujeto a disposiciones establecidas en la citada Ley de Reforma Magisterial y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED; Que, el artículo 7 de la Ley N° 30493 dispone que el Ministerio de Educación establece el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del contrato o el nombramiento del auxiliar de educación, de acuerdo a las labores propias del auxiliar de educación; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 005-2024-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula el procedimiento y requisitos para la contratación de auxiliares de educación en las modalidades de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial” (en adelante, Norma Técnica), la cual ha sido modifi cada mediante Resolución Viceministerial N° 060-2024-MINEDU; Que, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 02246-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, complementado con los informes N° 02271-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y N° 02295-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborados por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, a través de los cuales sustenta la necesidad de modifi car e incorporar disposiciones a la Norma Técnica, referidas a requisitos y causales de conclusión relacionados a la edad de los auxiliares de educación, así como las condiciones que deben cumplir los auxiliares de educación que se contraten en instituciones educativas que brindan atención educativa de ciclo I donde se brinda el servicio de educación y cuidado diurno, entre otras (en adelante, la propuesta); Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión Descentralizada; Que, mediante el Informe N° 02371-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, emite opinión favorable respecto de la propuesta señalando que su objetivo y alcance se encuentran alineados a los objetivos institucionales y estratégicos del