Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31953, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante Resolución Ministerial N° 313-2023- PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza por excepción a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Proyecto Especial Legado, a realizar transferencias fi nancieras durante el año 2024, hasta por la suma de S/ 234 000,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES) a favor de la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO) en el marco del “Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la realización de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024” y Adenda para el fi nanciamiento de los gastos vinculados al derecho de la marca de los Juegos y la garantía bancaria o título valor para la elaboración y entrega de la memoria del evento; Que, conforme lo señala la citada Disposición Complementaria Final, dichas transferencias fi nancieras son aprobadas mediante resolución del titular del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, publicándose la mencionada resolución en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio Nº 000465-2024-PEL/PEL, el Proyecto Especial Legado solicita la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO), hasta por la suma de S/ 234 000,00 en el marco de la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185; Que, a través de la Nota de Elevación Nº D000552- 2024-PCM-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D0000271-2024-PCM-OP de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable para el trámite de transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO), en el marco de la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185; cuyos recursos están considerados en el reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) de la Nota de Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 00004100, por la suma de S/ 234 000,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos autorizados de la Meta 0052 “Asistencia técnica”, Especí fi ca “2.4.1.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales” y Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 021: Proyecto Especial Legado del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO), conforme a lo dispuesto en la Centésima Decima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO), hasta por la suma de S/ 234 000,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), por los fi nes expuestos en la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se afecta a la Unidad Ejecutora 021: Proyecto Especial Legado del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo a la Meta 0052 “Asistencia técnica”, Especí fi ca de Gasto “2.4.1.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales” y Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios - Rubro 00 Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial al Director Ejecutivo del Proyecto Especial Legado y a la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que, en mérito a sus funciones, realicen el trámite y seguimiento respectivo. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2356239-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 368-2024-PCM Lima, 20 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 434- 2002-PCM se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Fondos, entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el propósito de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para el Proceso de Modernización y Descentralización de la Gestión del Estado; Que, en virtud del referido Convenio, se viene ejecutando el Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”, destinado a fortalecer la capacidad técnica y administrativa para la modernización del Poder Ejecutivo, el cual comprende al Proyecto PNUD 00099416 – ID 000102705 “Gestión Territorial del Desarrollo”. Dicho Programa está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026; Que, el literal ñ) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, a la Presidencia del Consejo de Ministros, a realizar transferencias fi nancieras a favor del PNUD para continuar con la ejecución del Programa de “Fortalecimiento del Proceso de Descentralización y Modernización del Estado”; además, dispone que los saldos no utilizados de los recursos transferidos a favor del PNUD, en el marco de lo establecido en el citado literal, deben ser devueltos al tesoro público una vez culminada la ejecución objeto de los convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, de conformidad con el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1, se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”;