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29 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / VISTO: Los Memorandos Nros. 6648-2024-MIDAGRI- INIA/DDTA y 8244-2024-MIDAGRI-INIA/DDTA y sus antecedentes de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario; el Informe N° 186-2024-MIDAGRI-INIA-DGIA/D y sus antecedentes de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria y el Informe N° 00566-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, en el Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, se establece el marco jurídico aplicable mediante el cual el Estado, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) promueve el desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia tecnológica en materia agraria con la fi nalidad de impulsar la modernización y la competitividad del sector agrario; Que, con Resolución Jefatural N° 0138-2016-INIA de fecha 20 de julio de 2016, se aprueba la Directiva General N° 002-2016-INIA, “Directiva para la generación y lanzamiento de nuevas variedades o cultivares en el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA”, la cual tiene como objeto establecer procedimientos técnicos y administrativos, para la generación y lanzamiento de una nueva variedad o cultivar del INIA; Que, mediante Memorando N° 6648-2024-MIDAGRI- INIA/DDTA, de fecha 12 de julio de 2024, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) remite a la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA) la versión fi nal (observaciones subsanadas) del expediente técnico de la nueva variedad ajo elaborada por el Programa Nacional de Hortalizas en la Estación Experimental Agraria (EEA) Donoso; Que, por Memorando N° 0651-2024-MIDAGRI-INIA- DGIA/D, de fecha 25 de julio de 2024, la DGIA remite a la DDTA su opinión favorable a los componentes estadístico y agroeconómico del Expediente Técnico de la nueva variedad ajo. Se adjunta a dicho documento el Informe Técnico N° 037-2024-MIDAGRI-INIA-DGIA-SDPIA/AESPA elaborado por el Área de Estudios Socioeconómicos y Prospectiva Agraria (AESPA) de la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria (SDPIA) que concluye, entre otros, que: i) el expediente técnico económico y DHE de la variedad ajo muestran resultados satisfactorios del componente estadístico; y ii) alto rendimiento de producto con una media de 14,70 t/ha, superior a la variedad testigo (Napurí), así como bulbos de color blanco cremoso, de tamaño comercial y uniforme y, el análisis de sensibilidad demuestra mayores bene fi cios con la nueva variedad de ajo sobre la variedad testigo Napurí; Que, a través del Informe Técnico N° 011-2024-MIDAGRI-INIA/DGIA-SDPIA/APIA, de fecha 29 de noviembre de 2024, la SDPIA-DGIA a través del Área de Promoción de la Innovación Agraria y la Propiedad Intelectual (APIA), informa lo siguiente: (i) La nueva variedad o cultivar de ajo denominada “INIA 105 - DONAJUS” se constituye en una alternativa tecnológica para mejorar la productividad y rentabilidad de los productores de ajo en las diferentes condiciones medioambientales de las regiones de Lima, Ancash, Junín y Arequipa, con amplia adaptación y óptimas aptitudes agronómicas, a nivel de valles de la costa y sierra centro, y en ensayos regionales de uniformidad de rendimiento en costa central, con buenas características; (ii) Se presentó ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) la solicitud de certi fi cado de obtentor de la nueva variedad de ajo “INIA 105 - DONAJUS”, siendo asignada con el número de Expediente 02124-2024/DIN, requisito para continuar el trámite para el lanzamiento o liberación de la nueva variedad; (iii) Los cultivares de la especie Allium sativum L. no cuentan con Reglamento Especí fi co, por lo que en atención al artículo 23 del Reglamento de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-AG, la inscripción en el Registro de Cultivares Comerciales no es obligatoria; Que, por Informe N° 186-2024-MIDAGRI-INIA- DGIA/D, de fecha 02 de diciembre de 2024, la DGIA remite a la Jefatura del INIA el proyecto de resolución jefatural que apruebe la liberación de la nueva variedad de ajo “INIA 105 - DONAJUS”, adjuntando la documentación sustentatoria; Que, mediante Informe N° 00566-2024-MINAGRI- INIA-GG/OAJ, de fecha 19 de diciembre de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la nueva variedad de ajo “INIA 105 - DONAJUS” desarrollada por el Programa Nacional de Hortalizas en la Estación Experimental Agraria Donoso, se encuentra expedita para su liberación, por lo que corresponde emitir la Resolución Jefatural autorizándola, en virtud a lo dispuesto en el numeral 6.13.3 de la Directiva General N° 002-2016-INIA; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la liberación de la nueva variedad de ajo denominada “INIA 105 - DONAJUS” desarrollada por el Programa Nacional de Hortalizas de la Estación Experimental Agraria Donoso, sustentada en el expediente técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- DISPONER la difusión de la nueva variedad de ajo “INIA 105 - DONAJUS”, la cual estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria Donoso. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www. gob.pe/inia) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL JefeInstituto Nacional de Innovación Agraria 2356196-1 Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 234-2024- INIA Lima, 20 de diciembre de 2024VISTO: El Memorando N° 01680-2024-MIDAGRI- INIA-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe N° 00569-2024-MIDAGRI- INIA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, contemplando asimismo los criterios que deben tenerse en cuenta para el diseño y estructura de las entidades y dependencias de la Administración Pública; Que, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 0054-2018-PCM y sus modi fi catorias, establece que el Reglamento de Organización y Funciones constituye un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;