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13 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2024 El Peruano / Nº 319-2022-PCM, Nº 083-2023-PCM, Nº 158-2023-PCM y Nº 152-2024-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, en dicho contexto, la Secretaría de Descentralización informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de su función de apoyar en la implementación de la estrategia de intervención territorial que contribuya a la atención de las principales demandas de las población de la provincia de Condorcanqui, tiene registrado un avance del 50% en el cumplimiento del total de los compromisos asumidos, y el 50% restante se encuentra en proceso de cumplimiento, al haberse incluido ocho (08) nuevos compromisos, en atención a las nuevas demandas de los distritos; en consecuencia, se evidencia la necesidad de que el Grupo de Trabajo continúe ejerciendo sus funciones, a fi n de dar cumplimiento a su objeto de creación; Que, en ese sentido la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 319- 2022-PCM, Nº 083-2023-PCM, Nº 158-2023-PCM y Nº 152-2024-PCM, a fi n de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de julio de 2025; precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 319-2022-PCM, Nº 083-2023-PCM, Nº 158-2023-PCM y Nº 152-2024-PCM Modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 319-2022-PCM, Nº 083-2023-PCM, Nº 158-2023-PCM y Nº 152-2024-PCM, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2025.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2357541-1 Modifican la Resolución Ministerial N° 206- 2021-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 376-2024-PCM Lima, 27 de diciembre de 2024CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial Nº 206- 2021-PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto proponer las medidas necesarias para la implementación de la propuesta de desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 206- 2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM, N° 051-2023-PCM, N° 191-2023-PCM y N° 244-2024-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de diciembre de 2024, plazo en el cual debe presentar un Informe Final a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que el alto grado de con fl ictividad en los distritos de Manseriche y de Morona, presentado en el mes de noviembre del presente año, que se tradujo en nuevas medidas de fuerza y bloqueos, di fi cultó gravemente el cumplimiento de la función del Grupo de Trabajo, referida al apoyo en la ejecución de los proyectos contemplados en la propuesta de Desarrollo Integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto; por lo que, aún se encuentra pendiente la atención de siete proyectos; Que, en este sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 206-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 321- 2021-PCM, Nº 235-2022-PCM, N° 051-2023-PCM, N° 191-2023-PCM y N° 244-2024-PCM; a fi n de ampliar el periodo de vigencia de dicho Grupo de Trabajo hasta el 30 de diciembre de 2025, a efecto de dar cumplimiento a su objeto de creación; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 206-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM, N° 051-2023-PCM, N° 191-2023-PCM y N° 244-2024-PCM Modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 206-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM, N° 051-2023-PCM, N° 191-2023-PCM y N° 244-2024-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Período de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de diciembre de 2025, plazo en el cual debe presentar