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47 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2024 El Peruano / d) Documento que acredite la posesión del terreno matriz (Partida Registral, Escritura Pública, Minuta de Compra y Venta, entre otros similares). e) Plano de Ubicación y Localización del área en solicitud, a escala adecuada que permita la lectura del plano, georreferenciado en el sistema geodésico o fi cial WGS84 fi rmado por Arquitecto y/o Ingeniero civil colegiado y habilitado y por el representante de la Organización. (01 Juego) f) Plano Perimétrico del área en solicitud, a escala adecuada que permita la lectura del plano, georreferenciado en el Sistema O fi cial WGS 84; fi rmado por Arquitecto y/o Ingeniero Civil colegiado y habilitado y por el representante de la Organización. (01 Juego) g) Planos de Lotización y trazado de vías, a escala adecuada que permita la lectura del plano, indicando cuadro de datos técnicos, perímetro del terreno, ángulos internos, curvas de nivel, coordenadas UTM georreferenciados en el Sistema O fi cial WGS 84; secciones viales a escala correspondiente, norte magnético, cuadro de aportes reglamentarios, fi rmado por Arquitecto y/o Ingeniero civil colegiado y habilitado y por el representante de la Organización. (03 Juegos) h) Memoria descriptiva, fi rmado por Arquitecto y/o Ingeniero civil colegiado y habilitado y por el representante de la Organización. (03 Juegos) i) Declaración Jurada simple del profesional responsable, de encontrarse habilitado; j) Declaración Jurada de no tener proceso judicial o extrajudicial ni reclamo alguno sobre posesión con la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives, con la entidad propietaria o con terceros; fi rmada por la Junta Directiva. (ANEXO N° 01) k) Declaración Jurada que la visación de planos se empleará únicamente para tramites de servicios básicos y los lotes propuestos en el plano de lotización tiene una consolidación hasta el 2020, de conformidad con la ley N° 31056. (ANEXO N° 02) l) Estudio de Mecánica de Suelos, emitida por un laboratorio reconocido y autorizado por la entidad correspondiente. Para tal caso, en las siguientes condiciones: Tener más del 12% de pendientes o esté en una zona de antecedentes de relleno sanitario. m) Copia del Certi fi cado de Inexistencia de Retos Arqueológicos (CIRA) (Si fuera necesario) n) Acreditar que la asociación o algunos de sus socios se encuentren inscritos como Contribuyentes en la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives. Además, demuestren aportes con cuatro (04) años de antigüedad al presente año. o) Certi fi cado de Zoni fi cación y Vías vigente, emitido por la Municipalidad Provincial de Canta; p) Copia simple del Padrón de Socios. q) 01 CD conteniendo la Documentación Técnica presentada (Memoria Descriptiva y Planos); Artículo Séptimo.- CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE VISACIÓN DE PLANOS DE TRAZADO Y LOTIZACIÓN PARA FINES DE DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA LAS ORGANIZACIONES SOCIALES a) Los posesionarios deberán mantener la posesión afectiva de manera continua, pací fi ca y de forma permanente. b) Las Organizaciones Vecinales deben estar con posesión efectiva al 80% del área de lotes (del mínimo de poseedores) de acuerdo al plano de lotización presentado. c) El área en solicitud no debe estar posesionado en zonas de Riesgo Alto o muy Alto no mitigable, lo cual será veri fi cado por la o fi cina de Gestión de Riesgos de Desastres de la gerencia de seguridad ciudadana y fi scalización, mediante informe técnico correspondiente. d) El área en solicitud no debe estar ocupando zona de faja marginal declaradas como tal por la entidad competente. e) El área en solicitud no debe estar ocupando zonas arqueológicas, monumentales y/o similares declaradas por el Ministerio de Cultura.f) En área en solicitud no debe estar ocupando terrenos destinados a parques, áreas de recreación pública, áreas de equipamientos (salud o Educación) y otros fi nes de bien y/o dominio público. En el caso de que estén ocupando estas áreas deberá justi fi car mediante informe de sustentación técnica fi rmado por profesional competente habilitado y colegiado. g) Los Planos solo gra fi caran predios con posesión efectiva; h) Dentro del área en solicitud deberá contar con el 13% de aportes reglamentarios de acuerdo a Ley (educación 2%, Salud 2%, áreas verdes 8% y otros usos 1%). En el caso que el área en solicitud no pueda cumplir con los aportes reglamentarios deberá presentar informe de sustentación técnica emitido por profesional competente colegiado y habilitado. i) Acreditar el sembrado de plantas en las áreas destinadas para recreación pública, el cual será constatado en la inspección técnica de la O fi cina de Catastro, Habilitación y Edi fi cación Privada de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Octavo.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VISACIÓN DE PLANOS DE TRAZADO Y LOTIZACIÓN PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BÁSICOS PARA LAS ORGANIZACIONES SOCIALES. 1. El solicitante deberá presentar los requisitos enumerado en el Artículo Sexto de la presente ordenanza a través de la o fi cina de atención al ciudadano y gestión documentario, el cual posteriormente deberá remitir el Expediente a la O fi cina de Catastro, Habilitaciones y Edifi cación Privada de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 2. El personal técnico de la O fi cina de Catastro, Habilitaciones y Edi fi cación Privada de la Gerencia de Desarrollo Urbano procederá revisar la documentación adjunta al expediente, veri fi car en la base de datos catastrales las coordenadas UTM indicadas en los planos presentados por los administrados, y veri fi car si se cumple con las condiciones para el otorgamiento de la Visación de Planos para servicios básicos; en caso de existir observaciones se comunicará las observaciones correspondientes al administrado mediante una carta, para la subsanación de estas dentro de un plazo de 15 días, de acuerdo a lo establecido en el Texto único Ordenado (TUO) de la Ley Nº27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, con posibilidad de pedir ampliación de plazo según sea el caso. 3. La O fi cina de Gestión de Riesgo de Desastres de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, deberá emitir un Informe Técnico fi rmado y sellado por el funcionario Responsable del área acerca de las condiciones de seguridad de los riesgos mitigable o no mitigable que presente el área de terreno en evaluación; según sea el caso podrá incluirse informes de Evaluación de Riesgo-EVAR. Luego el expediente será devuelto a la Ofi cina de Catastro, Habilitaciones y Edi fi cación Privada de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 4. La Gerencia de Asesoría Jurídica, deberá veri fi car todos los actuados (documentos e informes) para emitir un informe legal correspondiente. 5. La Gerencia de Desarrollo Urbano previa informe favorable del área técnica de la O fi cina de Catastro, Habilitación y Edi fi cación Privada será quien deberá aprobar o desaprobar el expediente la misma que concluirá con una Resolución. 6. Bajo responsabilidad funcional, toda resolución contendrá un artículo que describa el texto de manera expresa, clara y detallada: “SOLO SERÁ VÁLIDO EXCLUSIVAMENTE PARA FINES DE DOTACION DE SERVICIOS BÁSICOS DE ELECTRIFICACIÓN, AGUA Y ALCANTARILLADO, CUALQUIER OTRO USO DISTINTO A LO APROBADO GENERARA AUTOMÁTICAMENTE SU INVALIDEZ”. 7. Contra la resolución que resuelve la solicitud proceden los recursos impugnatorios correspondientes según el TUO de la Ley Nº27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº006-2019-2017-JUS.