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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (08/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 8 de febrero de 2024 El Peruano / Servicio Nombre de la Actividad Lugar Fecha Modalidad de ParticipaciónPrecio de Venta en S/ (Inc. IGV)Precio de Venta (%UIT) Participación en Ferias Internacionales de ExportacionesFeria DOMOTEX, 2024 Hannover, AlemaniaDel 11 al 14 de enero de 2024 Área de exhibición de 2 m2 4 642 90.136 Feria Chocoa, 2024Ámsterdam, Reino de los Países BajosDel 7 al 11 de febrero de 2024Área de exhibición de 2.4 m2 5 629 109.301 Feria Specialty Coffee Expo, 2024Chicago, Estados unidosDel 12 al 14 de abril de 2024Área de exhibición de 1.5 m2 8 467 164.408 Feria World of Coffee, 2024 Copenhague, Reino de DinamarcaDel 27 al 29 de junio de 2024Área de exhibición de 1.5 m2 5 830 113.204 Feria TRANOI, 2024París, FranciaDel 29 de febrero al 3 de marzo de 2024Área de exhibición de 5 m220 157 407.212 CIFF X REVOLVER, 2024Copenhague, Reino de DinamarcaDel 31 de enero al 2 de febrero de 2024Área de exhibición de 10 m217 385 337.573 In Cosmetics Global, 2024 París, FranciaDel 16 al 18 de abril de 2024Área de exhibición de 2 m2 15 366 298.369 Artículo 2.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA DEL SOL VELÁSQUEZ GARCÍA Gerenta General 2259750-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Resolución que aprueba el procedimiento específico “ Aplicación de preferencias arancelarias al amparo del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia, el Perú y Ecuador, por otra” DESPA-PE.01.31 (versión 2) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000023-2024/SUNAT RESOLUCIÓN QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “APLICACIÓN DE PREFERENCIAS ARANCELARIAS AL AMPARO DEL ACUERDO COMERCIAL ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y COLOMBIA, EL PERÚ Y ECUADOR, POR OTRA” DESPA-PE.01.31 (VERSIÓN 2) Lima, 5 de febrero de 2024CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 003-2013-SUNAT/3A0000 se aprobó el procedimiento especí fi co “Aplicación de preferencias al amparo del Acuerdo Comercial entre Perú y Colombia, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra” INTA-PE.01.31 (versión 1), el cual fue recodi fi cado como DESPA-PE.01.31 mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000; Que con Decreto Supremo N° 046-2017-RE se rati fi có el “Protocolo de Adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador” y con el Decreto Supremo N° 017-2017-MINCETUR fue puesto en ejecución a partir del 1.11.2017; Que mediante Nota N° 00254 del 15.12.2020, la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú que el referido país deja de ser parte del acuerdo antes citado a partir del 31.12.2020, debido al término del periodo de transición establecido para su retiro de la Unión Europea; Que, por otra parte, con Decreto Supremo N° 001-2022-MINCETUR se puso en ejecución la Decisión N° 03/2021 del Comité de Comercio del 3.12.2021 que modi fi ca los apéndices 2, 2A y 5 del anexo II del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia, el Perú y Ecuador, por otra, a partir del 1.2.2022; Que, en ese contexto, es necesario aprobar una nueva versión del procedimiento DESPA-PE.01.31 con la fi nalidad de modi fi car su nombre para adecuarlo a la denominación actual del acuerdo comercial, incluir al Ecuador como país parte, retirar al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, así como actualizar y precisar su contenido; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modi fi catorias, y el inciso k) del artículo 10 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobación del procedimiento especí fi co “Aplicación de preferencias arancelarias al amparo del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Colombia, el Perú y Ecuador, por otra” DESPA-PE.01.31 (versión 2) Aprobar el procedimiento especí fi co “Aplicación de preferencias arancelarias al amparo del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados