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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (29/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / la resolución citada en el párrafo precedente mediante el acto resolutivo respectivo; Que, según Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D. S. Nº 047-2002-PCM, en su Art. 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de despla zamiento y viáticos. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario O fi cial el Peruano; Que, el numeral 10.1 del Art. 10º de la Ley Nº 31953 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, sobre medidas en materia de bienes y servicios, establece: “Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”; Que, siendo de interés para la Institución y por ende para el país, se autoriza el viaje al exterior del Dr. Juan Francisco Alberto Yabar Jibaja, Investigador Principal del Proyecto de Investigación antes detallado y docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, durante el periodo del 26 de febrero al 17 de marzo del 2024; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Ley 27619, Ley 31084, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolución Rectoral N° 12638-2024-UNJBG, en virtud a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del Dr. JUAN FRANCISCO ALBERTO YABAR JIBAJA, Investigador Principal del Proyecto de Investigación titulado “ACTORES URBANOS Y SISTEMAS DE GOBERNANZA TRANSFRONTERIZA EN LAS CONURBACIONES DE LA TRIPLE FRONTERA DE PERÚ, BOLIVIA Y CHILE (2000-2022)”, y docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, a fi n de realizar actividades de “APLICACIÓN DE ENTREVISTAS SEMI ESTRUCTURADAS” en la ciudad de Puno (Perú), Arica, Iquique (Chile), Desaguadero, El Alto La Paz y ciudad de La Paz (Bolivia), del 26 de febrero al 17 de marzo del 2024. Artículo 3º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: MONTO TOTAL- DR. JUAN FRANCISCO ALBERTO YABAR JIBAJA S/ 6 960,00 Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JAVIER LOZANO MARREROS Rector JORGE LUIS LOZANO CERVERA Secretario General 2264581-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Precisan Res. Nº 0050-2024-JNE, en extremo de la parte decisoria RESOLUCIÓN Nº 0052-2024-JNE Lima, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatroVISTA: la Resolución Nº 0050-2024-JNE, del 26 de febrero de 2024; y CONSIDERANDO QUE:1. De la revisión de la Resolución Nº 0050-2024- JNE, se advierte que, al expedirse, por error material involuntario se consignó, en la parte decisoria, como uno de los señores magistrados que suscribe dicho pronunciamiento “OYARCE YUZELLI”, siendo lo correcto “OYARCE YUZZELLI”. 2. Por consiguiente, en aplicación supletoria del artículo 407 1 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, por tratarse de un error material, que no altera el contenido ni el sentido de la resolución, corresponde efectuar la precisión del caso. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. PRECISAR la Resolución Nº 0050-2024-JNE, del 26 de febrero de 2024, en el extremo de la parte decisoria, en la cual se consigna como uno de los señores magistrados que suscribe dicho pronunciamiento “OYARCE YUZELLI”, siendo lo correcto “OYARCE YUZZELLI”. 2. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 “Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de o fi cio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga […]”. 2265666-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran y designan Fiscales Adjuntas Superiores Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 534-2024-MP-FN Lima, 28 de febrero de 2024