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56 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / Contraloría General de la República solicita al INDECOPI que efectúe la transferencia fi nanciera de la retribución económica a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades por hasta la suma de S/ 109 504.00, a fi n de que la entidad sea incluida en el próximo concurso público de méritos para designar una sociedad auditora que efectúe la auditoría del periodo 2024; Que, a través del Informe N° 000025-2024-OPM/ INDECOPI, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable y otorga disponibilidad presupuestal con el fi n de realizar la transferencia fi nanciera solicitada por la Contraloría General de la República, para que efectúe el concurso público de méritos para la designación y contratación de la sociedad auditora para el período 2024; otorgando la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0211-2024, por el monto de S/ 109 504.00 (Ciento nueve mil quinientos cuatro y 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios; Que, con el Informe N° 000005-2024-OAF/INDECOPI, la O fi cina de Administración y Finanzas señala que al contarse con la disponibilidad presupuestal para que se efectúe el Concurso Público de Méritos para la designación y contratación de la sociedad auditora para el período 2024, y en atención a lo dispuesto en la Ley N° 27785, corresponde que se autorice la transferencia de fondos a favor de la Contraloría General de la República; Que, a través del Informe N° 000104-2024-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva, en su condición de titular del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, emita la resolución que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades de la Contraloría General de la República, para el fi nanciamiento de la contratación de la sociedad auditora para el periodo 2024, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual hasta por la suma de S/ 109,504.00 (Ciento nueve mil quinientos cuatro y 00/100 soles), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, para el fi nanciamiento de la contratación de la sociedad de auditoría para el periodo 2024; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración y Finanzas, de la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG que aprueba la Directiva N° 05-2022-CG/GAD denominada “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”; el Decreto Legislativo N° 1033, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorízase la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, hasta por la suma de S/ 109,504.00 (Ciento nueve mil quinientos cuatro y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, destinado a la contratación de la sociedad auditora externa que realizaría la auditoría correspondiente al ejercicio 2024. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto institucional del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, Unidad Ejecutora 0163: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 3999999: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub Genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Indecopi (www.gob.pe/indecopi) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KARIN CÁCERES DURANGO Presidenta Ejecutiva 2265083-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información del OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000013-2024-OTASS-DE Lima, 28 de febrero de 2024VISTO:Los Informes N° 000064-2024-OTASS-OA y N° 000070-2024-OTASS-OA, de la O fi cina de Administración, el Proveído N° 000888-2024-OTASS-DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000182-2024-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Legal N° 000044-2024-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA que aprueba Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector;