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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (29/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo para designar al jefe de la Unidad de Abastecimiento del OTASS; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el literal k) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 01 de marzo de 2024, al señor Raúl Elmer Yacarine Pasco, en el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS. Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución al servidor citado en el artículo 1 precedente y a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo 2265853-1 Modifican la R.D. N° 000207-2023-OTASS- DE, que delega facultades a diversos órganos y unidades orgánicas del OTASS durante el ejercicio presupuestal 2024 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000015-2024-OTASS-DE Lima, 28 de febrero de 2024 VISTO:El Memorando N° 000232-2024-OTASS-OPP y el Informe Nº 000041-2024-OTASS-OPP, ambos de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000071-2024-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, los Informes Legales N° 000041 y N° 000045-2024-OTASS/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modi fi catorias, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación se los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores;Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (en adelante ROF) del OTASS, establecen que la Dirección Ejecutiva está a cargo del Director/a Ejecutivo/a, quien es Titular del pliego presupuestal, representante legal y la máxima autoridad ejecutiva; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, en el mismo sentido, el numeral 85.1 del artículo 85, del referido cuerpo normativo establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la Ley; Que, el artículo 11 del ROF, señala que la Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección de mayor nivel jerárquico administrativo del OTASS, responsable de la conducción de las acciones de los órganos de administración interna, coordinando la ejecución de las tareas administrativas, fi nancieras, presupuestales e inversiones y otras; Que, el artículo 18 del ROF, señala que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los procesos de los sistemas administrativos de Planeamiento, Presupuesto, y Modernización de la Gestión Pública; Que, asimismo, el artículo 21 del ROF, señala que la O fi cina de Administración es el órgano de apoyo responsable de conducir y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería, Gestión de Recursos Humanos, así como de la gestión patrimonial y de la provisión de servicios de soporte de tecnología de información; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440 establece que, el Titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, asimismo, el Titular es responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, norma vigente, señala entre otros, que son modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del citado cuerpo normativo, establece que las modi fi caciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular de la Entidad delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Directoral N° 000207-2023-OTASS-DE de fecha 30 de diciembre de 2023, la Dirección Ejecutiva delegó facultades, entre otros, a la Gerencia General y a la Jefatura de la O fi cina de Administración; Que, a través del Informe N° 000041-2024-OTASS- OPP y del Memorando N° 000232-2024-OTASS-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, solicita la modi fi cación de la citada Resolución Directoral N° 000207-2023-OTASS-DE, señalando entre otros, lo siguiente: i) “(…) esta O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de las funciones, propone a la Gerencia General las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático y su formalizar vencido cada mes del año fi scal. Al haberse emitido una nueva