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30 NORMAS LEGALES Sábado 27 de julio de 2024 El Peruano / contemplar obras de ampliación o reforzamiento necesarios para garantizar el suministro de energía; por lo que, se deberá acreditar la viabilidad de la inversión o aprobado el respectivo expediente técnico; Que, el acápite iii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 (en adelante, Ley Nº 31953), autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), y de la empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), en el marco de lo establecido en la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, y su Reglamento, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados correspondiente a la Unidad Ejecutora 005 Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); en el caso del acápite iii) se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 de la referida norma se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, al respecto, la Jefatura de Programación y Evaluación de Inversiones de la Dirección de Proyectos de la Dirección General de Electri fi cación Rural emite el Memorando Nº 0324-2023-MINEM/DGER-JPEI, señalando que el Proyecto denominado “Ampliación del servicio de energía eléctrica rural mediante una red de media tensión en 10 kv trifásico, baja tensión 380/220 v, conexiones domiciliarias y alumbrado público para C.P. Julio Pinedo Sector San Idelfonso, distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de la Libertal” (en adelante, El Proyecto), con CUI Nº 2471116, cumple los lineamientos establecidos en el literal c) del artículo 20 y el numeral a) del artículo 21 del Reglamento; Que, mediante Memorando Nº 00037-2024-MINEM/ DGER-JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00033-2024-MINEM/DGER-JAF de fecha 17 de enero de 2024, a efectos que se realice la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronortemedio Sociedad Anónima - HIDRANDINA S.A. (en adelante, La Empresa), con un saldo disponible de S/ 973 341,17 (NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 17/100 SOLES); con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, a favor de la Empresa; Que, con fecha 14 de junio de 2024, se suscribió el Convenio Nº 002-2024-MINEM-DGER, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de La Empresa, el cual tiene por objeto desarrollar El Proyecto; conforme a lo establecido en la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias, y el Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y el acápite iii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953; estableciéndose en su cláusula cuarta, que el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a la Empresa, por el monto de S/ 973 341,17 (NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 17/100 SOLES) para llevar a cabo las actividades y/o acciones establecidas en dicho Convenio; Que, a través del Informe Nº 184-2024-MINEM/DGER- JAL remitido con Memorando Nº 0378-2024/MINEM-DGER, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural señala que habiéndose suscrito el Convenio Nº 002-2024-MINEM-DGER corresponde que se emita el acto resolutivo respecto a la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa; Que, a través del Informe Nº 184-2024/MINEM- OGPP-OPRE remitido con Memorando Nº 1183-2024/ MINEM-OGPP, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para que se realice la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa, conforme a lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante Informe Nº 0682-2024-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronortemedio Sociedad Anónima - HIDRANDINA S.A. ; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 025- 2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 973 341,17 (NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 17/100 SOLES), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronortemedio Sociedad Anónima - HIDRANDINA S.A., para fi nanciar el Proyecto, que se detalla a continuación: PROYECTO: “Ampliación del servicio de energía eléctrica rural, mediante una red de media tensión en 10 kv trifásico, baja tensión 380/220v, conexiones domiciliarias y alumbrado público para el Centro Poblado Julio Pinedo del sector San Idelfonso del distrito de Laredo - provincia de Trujillo - departamento de La Libertad” con CUI Nº 2471116. SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO : 3000001 Acciones ComunesACTIVIDAD : 5004833 Transferencia a entidades para proyectos de electrificación FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 05 Recursos Determinados CATEGORÍA DE GASTO : 6 Gastos de CapitalGENÉRICA DE GASTO : 2.4 Donaciones y TransferenciasRecursos Determinados S/ 973 341,17 TOTAL: S/ 973 341,17 Artículo 2.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados