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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (11/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 11 de junio de 2024 El Peruano / de la Retribución Económica (incluido I.G.V) del periodo auditado 2023; asimismo, se autorizó también el pago de S/ 8,140.00 (Ocho Mil Ciento Cuarenta con 00/100) por concepto de designación por los periodos 2023 y 2024, conforme a lo indicado en el O fi cio Nº 000591-2023-CG/ GAD de la Contraloría General de la República; Que, mediante el Memorándum Nº 002227-2024-INDECI/OGPP la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto emite opinión presupuestal favorable a efectos de realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para la contratación de la Sociedad de Auditoria, el cual incluye el 100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2024 y derecho por designación por los periodos 2023 y 2024, el mismo que deberá ser ejecutado con cargo al presupuesto 2024, para lo cual mediante el Memorándum Nº 002345-2024-INDECI/OGPP emite la aprobación de Certi fi cación de Crédito Presupuestario (CCP) Nº 001574- 2024 por el importe de S/ 80,051.00 (Ochenta Mil con Cincuenta y Uno con 00/100 Soles); Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una transferencia fi nanciera por el monto señalado en el considerando precedente, a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 100% de la retribución económica (incluido IGV) a la Sociedad Auditora, que realizará la auditoría fi nanciera del período 2024; Con la visación del Secretario General; del Jefe de la Ofi cina General de Administración; del Jefe de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Jefatural Nº 000308-2023-INDECI/JEF INDECI que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2024; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley Nº 29664 modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1587 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -SINAGERD y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar una transferencia fi nanciera con cargo al Pliego 0006: Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI hasta por la suma de S/ 80,051.00 (Ochenta Mil con Cincuenta y Uno con 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 100% de la Retribución Económica (incluido I.G.V) del periodo auditado 2024. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 0130, especi fi ca de gasto 2.4.1.3.1.1. “A otras unidades del Gobierno Nacional”. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación en la página web e intranet Institucional (www.gob.pe/indeci) y encargar a la O fi cina General de Administración, comunicar a la Contraloría General de la República la ejecución de la trasferencia realizada. Artículo 5.- Noti fi cación Disponer que la Secretaría General remita copia a la Ofi cina General de Administración, a la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS URCARIEGUI REYES Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 2296284-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resuelven recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Ergon Perú S.A.C. contra la Resolución Osinergmin N° 065-2024-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 113-2024-OS/CD Lima, 6 de junio de 2024 CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTES Que, mediante Resolución N° 065-2024-OS/CD (en adelante “Resolución 065”), publicada el 29 de abril de 2024, se aprobó el Cargo RER Autónomo aplicable al servicio de suministro de energía en áreas no conectadas a red (en adelante “Cargo RER”) para el periodo 1 de mayo de 2024 al 30 de abril de 2025; Que, el 21 de mayo de 2024, dentro del plazo legal, la empresa Ergon Perú S.A.C. (en adelante “Ergon”), interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 065; 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, Ergon mediante recurso de reconsideración, solicita que se declare fundado su recurso, y se corrija lo dispuesto en la Resolución 065, de acuerdo con los siguientes extremos: 2.1. Considerar que la Remuneración Anual del Inversionista tiene vigencia desde el 01 de noviembre al 31 de octubre de todos los años de vigencia de la Remuneración Anual; a. Corregir la Remuneración Anual del Inversionista considerada en la fi jación del Cargo RER del periodo 2024-2025 b. Corregir las Remuneraciones Anuales del Inversionista consideradas en las fi jaciones del Cargo RER de los periodos anteriores al 2024-2025 2.2. Corregir todas las liquidaciones efectuadas desde la Fecha de la Puesta en Operación Comercial considerando la tasa del 12% prevista en el artículo 79 de la LCE; a. Corregir la liquidación considerada en la fi jación del Cargo RER del periodo 2024-2025 b. Corregir las liquidaciones consideradas en las fi jaciones del Cargo RER de los periodos anteriores al 2024-2025 2.3. Corregir la actualización de la componente OPEX, considerando el valor del dinero en el tiempo;