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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (27/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Jueves 27 de junio de 2024 El Peruano / la elaboración de la Resolución del Titular de la entidad, a fi n que la O fi cina de Administración realice la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República; Que, estando a lo expuesto, corresponde autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, destinado la transferencia fi nanciera parcial para proceso de incorporación del OCI a la CGR; Contando con las visaciones de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Contraloría Nº 422-2023-CG; y, el Decreto Supremo Nº 007-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana – IIAP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 055: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, hasta por la suma de S/ 25,750.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor de la Contraloría General de la República, saldo que quedo pendiente para completar el monto total de S/ 44,000.00, destinado la transferencia fi nanciera para el proceso de incorporación del OCI a la Contraloría General de la República. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 055 Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana – IIAP, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Especí fi ca del Gasto 2.4.1.3.1.1 “A otras unidades del gobierno nacional”, Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados. Artículo 3.- Acciones Administrativas Disponer que la O fi cina de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, efectúen las acciones administrativas y presupuestales que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en el portal web del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP (https://www.gob.pe/iiap) y en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN ROSA GARCÍA DÁVILA Presidenta Ejecutiva 2301332-1INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO Y METALÚRGICO Asignan montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de mayo de 2024 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 071-2024-INGEMMET/PE Lima, 24 de junio de 2024VISTO el Informe Nº 1938-2024-INGEMMET/DDV/T de la Dirección de Derecho de Vigencia del 24 de junio de 2024, y; CONSIDERANDO: Que, atendiendo a lo dispuesto en el numeral 24 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM, constituye una función institucional la distribución de los montos recaudados por el pago del Derecho de Vigencia y de la Penalidad, en virtud de ello procede se distribuyan los montos que al mes de mayo de 2024 correspondan; Que, el artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, establece que los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad, constituyen recursos directamente recaudados estableciendo porcentajes para la distribución entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico- INGEMMET- y Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante informe de Visto la Dirección de Derecho de Vigencia señala que el monto total a distribuir que corresponde al mes de mayo de 2024 es de US$ 3,051,275.51 (Tres Millones Cincuenta y Un Mil Doscientos Setenta y Cinco y 51/100 Dólares Americanos) y S/ 9,405,337.71 (Nueve Millones Cuatrocientos Cinco Mil Trescientos Treinta y Siete y 71/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades bene fi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de mayo de 2024 a las Municipalidades Distritales, los Gobiernos Regionales, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Asignar los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de mayo de 2024, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: ENTIDADESMONTO A DISTRIBUIR US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES 2,256,950.45 7,054,003.29