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57 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2024 El Peruano / en conformidad con lo establecido en el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ 1. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el cronograma del Procedimiento de Inscripción de Abogados Habilitados para integrar la Nómina de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima para el año 2024, que fuera aprobado por Resolución Administrativa N° 000190-2024-P-CSJLI-PJ, conforme se detalla a continuación: CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE CURADORES PROCESALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA AÑO 2024 ACTOS FECHASLUGAR DE PRESENTACIÓN Plazo para publicar la Resolución Administrativa del Proceso de Inscripción y Reinscripción de Curadores Procesales.18 al 20 de marzo de 2024Página web institucional de la Corte Superior de Justicia de Lima Plazo para la presentación de solicitudes21 al 27 de marzo de 2024Mesa de Partes de la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación - piso 14 Sede Judicial Javier Alzamora Valdez Revisión de los documentos 01 al 04 de abril de 2024 --- Informe a la Presidencia 05 al 10 de abril de 2024 --- Publicación de la Resolución Administrativa que aprueba la Nómina de Curadores Procesales.11 al 12 de abril del 2024Página web institucional de la Corte Superior de Justicia de Lima Ingreso de los datos de los Curadores Procesales.15 al 17 de abril del 2024--- Artículo Segundo.- DISPONER la vigencia de todas las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 000190-2024-P-CSJLI-PJ sobre el Procedimiento de Inscripción de Abogados Habilitados para integrar la Nómina de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima- periodo 2024, para el Registro Judicial de Curadores Procesales del distrito judicial de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Prensa e Imagen Institucional de esta Corte, la oportuna difusión de la presente Resolución Administrativa a través de la página web y redes sociales o fi ciales. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia General del Poder Judicial, Subgerencia de Servicios Judiciales, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Ofi cina de Prensa e Imagen Institucional, Secretaria General de la Corte y Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 1 Vigente a la fecha, de acuerdo a los artículos sexto y octavo de la Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ, y Resoluciones Administrativas Nº 000484-2023-CE-PJ y N° 000006-2024-CE-PJ. 2270623-1Aprueban la propuesta de “Plan de Jornadas Extraordinarias Voluntarias – 2024” Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000204-2024-P-CSJLI-PJ Lima, 14 de marzo del 2024VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 000034 y 000057-2023-CE-PJ, de fechas 30 de enero y 26 de febrero del 2024, el O fi cio Nº 294-2024-CEP-UPD-GAD- CSJLI-PJ, de fecha 14 de marzo del 2024, y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante las Resoluciones Administrativas de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, la prórroga de funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de esta Corte Superior de Justicia, siendo que, dentro de los considerandos de estas resoluciones, así como, en los anexos que se les adjuntó, se exponen los datos de avance de producción de los órganos jurisdiccionales que presentaban más de un mes de atraso respecto del avance ideal a los meses de diciembre del 2023 y enero del 2024 respectivamente, en tal virtud, el referido órgano de gestión dispone que esta Presidencia emita las acciones necesarias a fi n de atender dicha problemática que, en algunos casos es reiterativo en ciertos órganos jurisdiccionales. Segundo.- Que, esta Presidencia durante el año 2023 ha venido adoptando medidas administrativas dirigidas a coadyuvar al impulso de los procesos, garantizando la tutela procesal efectiva de los justiciables; para lo cual se programaron jornadas extraordinarias de carácter voluntario, dirigidas a disminuir la carga procesal, así como, ofrecer un servicio de administración de justicia oportuno al usuario judicial, lo cual signi fi có que de los 352 órganos jurisdiccionales que integran la CSJLI, 168 de ellos superaron sus metas preliminares de producción el año 2023, con un promedio del 121%, cantidad que superó a los 118 órganos jurisdiccionales que superaron sus metas preliminares en el durante el año 2022. Tercero.- Que, mediante el o fi cio de vistos, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha hecho de conocimiento a este despacho la propuesta de Plan de Jornadas Extraordinarias Voluntarias para el presente año, enfocadas en diversas especialidades e instancias; cuya fi nalidad es impulsar el trámite de los procesos y mejorar el nivel resolutivo de los órganos jurisdiccionales, garantizando la tutela procesal efectiva de los justiciables y brindar un servicio de justicia de calidad. Cuarto.- Así, entre las actividades a realizar durante las jornadas extraordinarias se advierten las siguientes: i) elevación de expedientes; ii) proyección de resoluciones de expeditos por resolver; iii) califi cación de demandas; iv) proveído de escritos; v) elaboración de noti fi caciones; vi) realización de audiencias. Quinto.- Las actividades descritas no deben signi fi car la desatención de las diversas diligencias o labores programadas, debiendo contemplar la participación de su mismo personal de planta, requiriendo también la participación activa de la Administración donde se ubiquen las dependencias judiciales, a fi n de gestionar y procurar la atención de las necesidades previas identi fi cadas y que la Gerencia de Administración Distrital mediante sus diversas unidades organizacionales deberá garantizar a fi n de evitar retrasos u observaciones. Sexto.- En este marco, resultará necesario que esta Presidencia emita diversas medidas a fi n de procurar una adecuada ejecución del Plan de Jornadas Extraordinarias, así también, se espera una participación voluntaria con mayor énfasis y entusiasmo de aquellas dependencias que vienen presentando constantes observaciones por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de la